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¿Cuánto recibe de prima un pensionado en Colombia?

Estos pagos pueden variar según la fecha en la que se pensionó y otros factores. Conozca aquí cuál es el monto y cuáles pensionados la reciben.

Anciano retirando dinero de un cajero automático (Fotos vía Getty Images)

En Colombia, el pago de la prima’ es uno de los momentos más esperados por múltiples trabajadores; pues es un dinero extra a la nómina regular que llega dos veces al año, por lo que varias personas han empezado a hacer cuentas para saber cuánto les llegará en la próxima prima. En ese sentido, este pago se realiza, según lo consignado en el Código Sustantivo del Trabajo, sobre el valor correspondiente a 30 días de salario anual, o proporcional al tiempo laborado en la compañía, que se reparte en dos pagos: uno en junio y otro en diciembre.

Sin embargo, este no es el mismo caso para los ciudadanos pensionados en Colombia; pues las reglas del juego cambian sobre estos pagos. Por ese motivo, aquí le contamos todo lo que debe saber sobre ‘la prima’ de los pensionados y cuánto es el monto correspondiente que recibe esta población:

¿Los pensionados reciben prima?

Debido a que la prima es una retribución que el empleador hace al trabajador por sus servicios, los pensionados no tienen una ‘prima’ en su manera original. Sin embargo, teniendo en cuenta que los pensionados reciben ‘mesadas’, estas son distribuidas en 13 pagos mensuales, según el Acto Legislativo 1 de 2005.

En ese sentido, y teniendo en cuenta que el año tiene 12 meses, lo que corresponde a 12 ‘mesadas’, el pago de la mesada 13, en el mes de noviembre o diciembre, es denominada como un tipo de ‘prima navideña’ para los pensionados.

¿Cuánto recibe de ‘prima’ un pensionado en Colombia?

Aunque este valor depende del valor asignado para la mesada pensional mensual, la ‘mesada 13′ corresponde al valor normal de esta ‘mesada’, es decir, un mes de pensión.

No obstante, de acuerdo con el acto legislativo mencionado anteriormente, hay algunos pensionados en Colombia que reciben una ‘mesada 14′ en el mes de junio; pero esto depende de la fecha en que se hayan pensionado:

  • Las personas que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y el monto no superaba los 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, tienen derecho al pago de su mesada 14 en junio.

Lo anterior se debe a que, antes del año 2005, todos los pensionados tenían derecho al pago de la ‘prima’ de junio; sin embargo, el acto legislativo 01 de 2015 derogó este beneficio, por lo que las personas pensionadas en tiempos posteriores al 31 de julio de 2011 no pueden ser reconocidas con 14 mesadas al año.

¿Está de acuerdo con la derogación de este beneficio para la población pensionada del país?