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Subsidio de desempleo: ¿A cuánto equivale el bono y cuándo lo pagan?

Gracias a la Ley 1636 de 2013, los colombianos que se quedan sin trabajo tienen la posibilidad de recibir una ayuda monetaria y una orientación para encontrar un nuevo trabajo lo más pronto posible. Conozca cómo se accede al beneficio y a cuánto equivale.

Mujer preocupada con una caja al lado, afuera de la oficina / persona recibiendo dinero de un cajero (Getty Images)

Mujer preocupada con una caja al lado, afuera de la oficina / persona recibiendo dinero de un cajero (Getty Images)

En promedio, cerca del 9,3 % de los ciudadanos en Colombia se encuentran sin trabajo para el 2023. Así lo reveló el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en su último boletín técnico sobre la situación del empleo y desocupación de los colombianos.

Aunque hubo una disminución de 1.5 puntos porcentuales, en comparación con el año pasado, todavía hay muchas personas que encuentran diversos problemas para encontrar trabajo. Esta situación se observa especialmente en ciudades como Quibdó, en Chocó, Ibagué, en Tolima, y Florencia, en Caquetá.

Como forma de reducir el impacto que el desempleo causa en la economía y vida de los colombianos, nació la Ley 1636 de 2013. En esta se creó todo un sistema integral de políticas que buscan mitigar los efectos del desempleo y así facilitar la reinserción de la población al mercado laboral.

Mecanismo de Protección al Cesante, ¿qué es?

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En la Ley 1636, se determina la creación del Mecanismo de Protección al Cesante. Este mecanismo se basa en 5 principios:

  • Obligatoriedad: la afiliación del desempleado o cesante es obligatoria para todos los empleados afiliados a las Cajas de Compensación Familiar. Esto no aplica para los trabajadores de salarios integrales e independientes, en los que se debe dar una afiliación voluntaria al mecanismo.
  • Eficiencia: se propone utilizar de la mejor manera los recursos disponibles en el mecanismo, dividiéndolos en beneficios monetarios y de inserción y capacitación entregados al desempleado.
  • Participación: se busca fomentar la intervención de las Cajas, de las Administradoras de Fondos de Cesantías, de los afiliados al mecanismo, y del Gobierno Nacional en la organización, control, gestión y fiscalización de los recursos y de la acción del mecanismo.
  • La solidaridad: una práctica de mutuo apoyo en la que se garantice el acceso y sostenibilidad del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante.
  • Sostenibilidad: este mecanismo se financia por los recursos del uso voluntario de los aportes a las cesantías y del Fondo de Solidaridad de Fomento, que, a su vez, provienen del Fondo de Subsidio al Empleo y Desempleo (Fonede).

Beneficios para los desempleados

De acuerdo con la Ley, el cesante que cumpla con los requisitos, será incluido al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, que es administrado por las Cajas de Compensación Familiar.

Este Fondo se encarga de otorgar beneficios a la población desempleada, con el fin de proteger a estos ciudadanos de los riesgos que se producen por las fluctuaciones en los ingresos de las personas que se quedan sin trabajo.

Según explica el Fondo de Pensiones y Cesantías en Colombia, Protección, estos son los principales beneficios que se ofrecen para el desempleado:

  1. Acceso a la red de servicios de empleo, orientación ocupacional y capacitación.
  2. Pago de la cotización de salud a la EPS en la que te encuentras afiliado el trabajador.
  3. Pago de la cotización al fondo de pensiones al que te encuentras vinculado.
  4. Cuota monetaria de subsidio familiar, en caso de que tuvieras derecho a ella.
  5. En caso de haber destinado ahorros voluntarios de Cesantías, un incentivo monetario proporcional a lo ahorrado.

Pago por subsidio de desempleo

Los trabajadores dependientes o independientes beneficiarios recibirán un pago que incluye los aportes al Sistema de Salud y Pensión, que saldrán del Fondo. Estos se calcularán sobre 1 salario mínimo mensual legal vigente. El beneficiario, con sus propios recursos, puede cotizar al sistema de pensiones por encima del salario mínimo.

Asimismo, tendrá acceso a la cuota monetaria del subsidio familiar, con el que puede recibir hasta $74.991 pesos. Conozca más información del subsidio aquí. Todos estos beneficios se pagarán por un máximo de 6 meses.

Vale recordar que los trabajadores dependientes e independientes que así lo quiera, pueden realizar aportes a las Cajas de Compensación voluntariamente para ahorrar por su cuenta en el mecanismo de protección. En este caso, si queda desempleado, la persona recibiría un valor proporcional al monto que alcanzó a ahorrar en el fondo.

Requisitos para acceder a los beneficios

  • Su situación laboral debió haber terminado por cualquier causa. En caso de ser independiente, también es válido cuando el contrato cumplió con el tiempo pactado y todavía no cuenta con otro empleo, o no cuenta con ninguna fuente de ingresos.
  • Haber hecho aportes por un año continuo o discontinuo a una Caja de Compensación Familia durante los últimos tres años en el caso de ser trabajador dependiente o independientes.
  • Inscribirse en cualquier servicio de empleo autorizado. Es decir, a los que pertenecen a la Red de Servicios de Empleo para desarrollar una ruta que los oriente en la búsqueda de empleo.
  • Estar inscrito en programas de capacitación en los términos dispuestos por la reglamentación del Gobierno Nacional.
  • Si recibió hasta dos smmlv durante su época laboral, se debe haber registrado un mínimo del 10% del promedio del salario como ahorro al mecanismo. En caso de haber recibido más del 2 smmlv, el mínimo de aporte debió de ser del 25% del promedio del salario.

Aquí le contamos cuál es el proceso que debe seguir para solicitarlo.

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