Corte Constitucional avaló el impuesto a las bebidas azucaradas
Corte estudió demanda de inconstitucionalidad contra artículo de la reforma tributaria que establece tarifa fija para bebidas azucaradas.
Con una votación 8-0 en sala plena la Corte Constitucional avaló el impuesto de las bebidas azucaradas.
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La decisión la tomó luego de resolver una demanda del constitucionalista Juan Manuel Charry, quien alegó que la tarifa fija del impuesto establecida en el artículo 54 de la reforma tributaria, que impuso esta tasa para las bebidas azucaradas y que entraría a regir en noviembre, no es constitucional porque no se promedia sobre la cantidad de la bebida azucarada, sino que impone una tarifa fija e igual para todas sin importar la cantidad.
Para la Corte, esta medida “podría generar un impacto desde la perspectiva del libre mercado, en tanto eleva el precio de las bebidas azucaradas ultraprocesadas y desestimula su compra por parte del consumidor”.
Sin embargo, dice la Corte que resultaba claro que la limitación se aprecia razonable y proporcionada a la luz de la realización del interés público: “representado en el desincentivo del consumo de productos que podrían afectar la salud del colectivo”.
Por esto: “se reconoció la compatibilidad de la medida con la Constitución y se desechó la censura planteada en el segundo cargo”, dice un aparte de la decisión.