Economía

SIC pide que subasta 5G tenga medidas diferenciales a cargo de Claro

La entidad señaló que esa recomendación la hacen pues esa empresa de telefonía podría tener ventajas adicionales como el nivel de concertación de mercado, lo que dificulta la competencia.

Conexión 5G imagen de referencia. Foto: Getty Images.

Conexión 5G imagen de referencia. Foto: Getty Images. / Yaorusheng

La Superintendencia de Industria y Comercio emitió su concepto sobre el proyecto de resolución mediante la cual el Ministerio de las TIC determinará las reglas para la subasta 5G en Colombia.

Entre esas está que haya medidas diferenciales en la subasta 5G a cargo de Claro, “teniendo en cuenta que el mercado de servicios móviles en Colombia tiene características que dificultan una competencia efectiva que beneficie a los usuarios. Por tal razón, la Superindustria consideró que esos problemas podrían incrementarse debido a las ventajas adicionales que podría obtener Claro como resultado de la subasta”.

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Entre las ventajas estarían el nivel de concentración de mercado, la alta participación de Claro, las condiciones no óptimas de precio y calidad de los servicios, las altas barreras de entrada al mercado y las limitaciones en la efectividad de mecanismos, como la portabilidad numérica móvil.

Eso sí, la entidad es enfática en que  la posición de liderazgo que tiene Claro no es una circunstancia reprochable, “sino el resultado de factores legítimos, como la realización de inversiones suficientes en infraestructura” y que  “las medidas diferenciales no podrían eximir a los demás operadores de su deber de competir efectivamente y realizar las inversiones necesarias para el desarrollo del mercado”.

Otras de las recomendaciones son que el MinTIC mantenga la regla relacionada con la cantidad máxima de espectro a la que podría acceder una unión temporal dentro de la subasta; que  incluya la explicación técnica que justificaría que en la subasta solo se ofertará un único bloque de tamaño 2x5 MHz en la banda de 700 MHz.

Finalmente, piden que MinTIC ajuste el valor de reserva de los bloques de 80 MHz de la banda de 3500 MHz con base en el número de filtros para estaciones satelitales que deban adquirir los asignatarios de permisos de uso de espectro.

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