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Industria del cannabis en Colombia pidió ayuda urgente al Gobierno

El llamado es para derogar los artículos 98 y 152 de la Resolución Conjunta 227 de 2022 que establece que los licenciatarios de cannabis medicinal e industrial deberán destruir cualquier inventario que tenga una antigüedad de más de dos años.

Industria del cannabis, imagen de referencia. Foto: Getty Images / David Trood

Industria del cannabis, imagen de referencia. Foto: Getty Images / David Trood(Thot)

Varias organizaciones clave de la industria del cannabis en Colombia se unieron para presentar una solicitud urgente a los Ministerios de Agricultura, Salud y Justicia del país. Su objetivo es la derogación de los polémicos artículos 98 y 152 de la Resolución Conjunta 227 de 18 de febrero de 2022, emitida por estas tres carteras. La resolución, que se espera que entre en vigencia en febrero de 2024, ha generado una creciente preocupación dentro del sector del cannabis medicinal e industrial.

Las organizaciones que lideran este esfuerzo son Asocolcanna (Asociación Colombiana de Productores de Cannabis), Asocañamo (Asociación Colombiana de Productores de Cáñamo), la Federación Colombiana de Cannabis y Cáñamo, así como la Cámara Colombiana de Cannabis Medicinal e Industrial. Estas entidades representan una amplia gama de intereses dentro de la creciente industria del cannabis en Colombia, que se ha convertido en un referente global en términos de producción y exportación.

Los artículos 98 y 152 de la Resolución Conjunta 227 establecen que los licenciatarios de cannabis medicinal e industrial deberán destruir cualquier inventario que tenga una antigüedad de más de dos años. Esta medida, si se mantiene, podría tener graves consecuencias para las empresas involucradas en la cadena productiva del cannabis en el país. La destrucción de inventarios supondría una pérdida significativa de recursos y una interrupción en la cadena de suministro que podría afectar la disponibilidad de productos de cannabis.

Los críticos de estos artículos argumentan que esta disposición es innecesaria y perjudicial para la industria del cannabis en Colombia. Afirman que los productos de cannabis medicinal y cáñamo pueden conservarse de manera segura durante períodos más largos sin perder su eficacia. Además, señalan que esta normativa podría llevar a un desperdicio innecesario de recursos y materiales, así como a una disminución de la competitividad de la industria en el mercado internacional.

Los artículos son los siguientes:

Artículo 98. Plazo para llevar a destino final. El licenciatario de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo contará con un plazo máximo de veinticuatro (24) meses contado a partir de la obtención de la cosecha para llevar cannabis psicoactivo a destino final, sea este uso en investigación, exportación, entrega a un tercero ajeno a sus operaciones o el ingreso al área de fabricación de derivados. Vencido este término, el material deberá ser llevado a disposición final.

En ningún caso, el licenciatario de fabricación de derivados podrá llevar a destino final un derivado psicoactivo de cannabis que no provenga de un cupo de fabricación de derivados, cupo excepcional de uso de excedentes o de uso de derivados psicoactivos o adquirido mediante importación o ingreso a zona franca desde el resto del mundo.

artículo 152: Plazo para llevar a destino final para cupos otorgados. El plazo para llevar a destino final señalado en la presente resolución de aquellos cupos aprovechados o cuando se haya obtenido la cosecha, según corresponda, deberá contarse a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Para los cupos otorgados antes de la vigencia de esta resolución y que no hayan sido aprovechados o no se haya obtenido la cosecha, el plazo se contará tal como lo señala el artículo 98 de la presente resolución.

La solicitud presentada por estas organizaciones destaca la importancia de la industria del cannabis para la economía colombiana y su contribución a la generación de empleo y el crecimiento del país. Argumentan que, en lugar de imponer restricciones adicionales, se debe trabajar en conjunto para promover la investigación y el desarrollo de productos de cannabis medicinal y cáñamo, así como fomentar la innovación en esta área.

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