Las IPS y EPS están obligadas a prestar la interrupción voluntaria del embarazo: abogada
La abogada María Cecilia Ibáñez explicó en La W la decisión de la Corte Constitucional.
IPS y EPS están obligadas a prestar la interrupción voluntaria del embarazo: abogada
La abogada del movimiento Causa Justa, María Cecilia Ibáñez, conversó en La W sobre la decisión de la Corte Constitucional de tumbar dos sentencias que señalaban que el aborto no era derecho fundamental y las implicaciones de esta decisión.
De acuerdo con la abogada, “a partir de la declaratoria de nulidad de estas dos sentencias, ahora lo que corresponde es que las sentencias deben hacerse nuevamente y esto respetando el precedente constitucional, es decir, respetando la sentencia causa justa y también toda la línea jurisprudencial que tenia la Corte en materia de acceso al aborto”.
En contexto:
Asimismo, explicó que “las IPS y EPS están obligadas a prestar la interrupción voluntaria del embarazo a cualquier persona que antes de la semana 24 se acerque y lo solicite de manera libre. A partir de la semana 24 como quedó establecido en la sentencia causa justa, aplica las tres causales que existían desde 2006″.
Por otra parte, la experta resaltó que “la nulidad de estas dos sentencias de tutela deja en firme y reconfirma lo que estableció la Corte en la sentencia de 2022, además, esta sentencia señaló en su texto que era de aplicación inmediata, esta sentencia sí exhorta al Congreso y al Gobierno a que expidan regulaciones en materia de acceso al aborto”.
Escuche la entrevista completa a continuación:
IPS y EPS están obligadas a prestar la interrupción voluntaria del embarazo: abogada