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Caso Álvaro Uribe Vélez: penalistas explican caminos judiciales de la preclusión

Luego de la apelación de la Fiscalía General de la Nación, el Tribunal Superior de Bogotá definirá si termina o continúa la investigación contra el exsenador.

Expresidente y exsenador Álvaro Uribe. Foto: Colprensa.

Expresidente y exsenador Álvaro Uribe. Foto: Colprensa.

Este viernes 6 de octubre se conocerá el fallo de segunda instancia del Tribunal Superior de Bogotá, que se pronunciará sobre la apelación que interpuso la Fiscalía General de la Nación luego de que la juez 41 Penal del Circuito con Función de Conocimiento rechazara la solicitud de preclusión de la investigación que se sigue contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez, por presunta manipulación de testigos.

La decisión que tome el alto tribunal será decisiva en la vida del también expresidente, que está siendo procesado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

Cabe recordar que dos jueces han negado las solicitudes de preclusión que ha interpuesto la Fiscalía.

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La primera ocurrió en 2022, cuando la juez 28 Penal del Circuito con Función de Conocimiento determinó no terminar la investigación contra Uribe Vélez, luego de una extensa sustentación de la Fiscalía.

La segunda se presentó el pasado mes de mayo de 2023 con la juez 41 Penal del Circuito con Función de Conocimiento, que argumentó que la Fiscalía no había aportado nuevos elementos materiales probatorios que demostraran la inocencia del exsenador.

Debido a esto, W Radio consultó a dos destacados penalistas sobre cuál podría ser el futuro judicial del exsenador Álvaro Uribe Vélez frente a las decisiones que podría adoptar el alto tribunal en las próximas horas.

El abogado Juan Camilo Brito Larsen, especialista en derecho penal, explicó que la preclusión de la investigación es una de las formas anticipadas de terminación del proceso penal sin que se lleven a cabo todas las etapas procesales del mismo, cuando no existe mérito para acusar al procesado.

Igualmente indicó que en este camino solo se podrán tomar tres decisiones: precluir la investigación en favor del expresidente; no precluir la investigación; precluir uno de los dos delitos (fraude procesal o soborno en actuación penal).

¿Qué pasa si se precluye?

Brito Larsen le dijo a la W Radio que con esta decisión se terminaría definitivamente el proceso penal contra el máximo líder del partido político Centro Democrático.

“En caso de precluir la investigación en favor de AUV, significa que no habrá más proceso penal en su contra pues efectivamente no existían elementos materiales probatorios que pudieran probar más allá de toda duda razonable la autoría o participación del encartado en las conductas por las cuales era investigado”.

Agregó que “no existen más recursos ordinarios por lo que, eventualmente las partes inconformes solo podrían atacar la decisión vía tutela (en caso de encontrar violación a derechos fundamentales)”.

Por su parte, la abogada Natalia Bojacá, especialista en derecho penal, le explicó a W Radio cuál sería el panorama judicial del también expresidente en caso que el Tribunal Superior de Bogotá, confirme la decisión de primera instancia (adoptada por la juez 41 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, el pasado mes de mayo).

¿Álvaro Uribe Vélez podría ir a juicio?

La jurista indicó que en caso que la Sala Penal del alto tribunal decida no precluir la investigación, la Fiscalía podría acusar a Uribe Vélez y llevarlo a juicio.

“En caso de confirmar la decisión de la primera instancia se podría establecer que el proceso en contra del expresidente seguirá en curso, pues en este momento Uribe Vélez tiene la calidad de imputado, por tanto, el fiscal tendrá la posibilidad de acusarlo y posteriormente se desarrollará el juicio, donde en caso de que la Fiscalía mantenga su tesis de la inexistencia de las conductas desplegadas, podrá solicitar la absolución del Álvaro Uribe Vélez o en su defecto, la condena”, explicó Bojacá.

Finalmente, el abogado Brito Larsen indicó que existe un tercer camino judicial y sería que la preclusión solo ocurra con alguno de los dos delitos.

“En caso que la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, decida precluir la investigación por uno de los dos delitos, culminará la investigación frente al delito precluido y la Fiscalía General de la Nación, deberá o acusarlo ante un juez de conocimiento por el otro delito o volver a solicitar la preclusión frente a éste último”.

La audiencia se adelantará este viernes 6 de octubre a partir de las 2:00 de la tarde y se llevará a cabo de manera virtual.

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