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Juez tumbó medida de Gobierno Petro que protegía a pescadores raizales de San Andrés

Con el fallo de tutela conocido por Sigue La W, se beneficiarían los comerciantes foráneos y no en su mayoría el pueblo raizal, tras quedar suspendida la directriz presidencial.

Pescador. Foto: Daniel Muñoz / AFP via Getty Images

Pescador. Foto: Daniel Muñoz / AFP via Getty Images / DANIEL MUNOZ

Sigue La W conoció que un juzgado de Familia de San Andrés dejó sin efecto la resolución 1972 del 5 de septiembre de 2023, expedida por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), con la cual el presidente Gustavo Petro oficializaba la limitación de la pesca en San Andrés y Providencia a los raizales de las islas.

Nadie que no sea raizal puede dedicarse a esa actividad en nuestro mar sanandresano, de ahora en adelante es un derecho raizal”, había afirmado categóricamente el mandatario en ese momento.

Sin embargo, con el fallo de tutela conocido por Sigue La W que suspende la directriz presidencial, se beneficiarían los comerciantes foráneos y no en su mayoría el pueblo raizal.

En dicho fallo, se declaró procedente el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, seguridad alimentaria, mínimo vital y de consulta previa de los siguientes accionantes en contra de la AUNAP: Danny Francis Salazar, Joseph Martínez Christopher, Bennet Coronado Fernández, Manuel Molina Zúñiga, Antonio Fiquiare Lozano, George Archbold Ward, Fernando Gómez Mercado, Hugo Barrios, Jorge Pulgar Mcnish, Vinston Boxton, Diana Martínez Jesús Quejada Pomare, Lindolfo O’Neill Kelly, Lozano Antonio Fiquiare, Wilson Powell Rosales Sebastián, Francisca Sjogreen y Vivian Jurany Manuel.

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En consecuencia, el fallo ordena desvincular de esta acción constitucional a la Capitanía de Puerto DIMAR, Secretaría de Agricultura y Pesca Departamental, la Oficina de Control y Circulación y de residencia OCCRE, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa.

Por lo tanto, se dejó sin efecto la Resolución 1972 del 5 de septiembre 2023, expedida por la AUNAP, de acuerdo con lo dispuesto en las consideraciones de la providencia.

Así mismo, se exhortó a la AUNAP que “se abstenga de incurrir en esta conculcación de derechos” en los términos analizados en el documento.

En diálogo con Sigue La W, Alex Barrios, quien es líder del gremio de los pescadores de San Andrés y Providencia y presidente de Asopacfa, se pronunció acerca de esta decisión.

“Recibimos esta noticia con respeto, hay que acatar las decisiones de la justicia, más no la compartimos. Nosotros, como pescadores artesanales organizados del territorio, somos dolientes de la situación”, afirmó Barrios.

El líder de los pescadores aseguró que oficiarán al Juzgado de Familia sus consideraciones ante el fallo, puesto que no pueden impugnarlo al no ser parte directa del proceso.

Según Barrios, las empresas que interpusieron la demanda “no generan ningún servicio ligado al territorio” ni tienen responsabilidad empresarial. “Han estado aquí hace 40 años (…) al pescar con lanzas, están generando impactos nocivos sobre los complejos arrecifales”, agregó.

Además, advirtió que la protección del Estado estaba dirigida a su identidad cultural.

El fallo

Este es el fallo de tutela conocido por Sigue La W:

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