Economía

¿Un arrendatario puede tomar posesión si lleva más de 10 años habitando el lugar?

Tenga en cuenta que, de acuerdo con el Ministerio de Justicia, el proceso de pertencia solo se podrá llevar a cabo ante un juez de competencia civil.

Imagen de referencia. Foto: Getty / simpson33

De acuerdo con el Ministerio de Justicia el proceso de declaración de pertenencia se da cuando una persona, que se ha comportado como propietario o dueño de un predio sin serlo jurídicamente, se puede volver propietario de este.

En ese sentido, si la persona que lleva habitando más de 10 años en un predio y ejerce todas las actividades propias de un dueño puede adelantar un proceso judicial para que lo declaren formalmente como propietario del inmueble.

Cabe resaltar que el proceso de pertencia solo se podrá llevar a cabo ante un juez de competencia civil.

“El proceso de pertenencia solo se obtiene si se prueba la prescripción como forma de dominio, esto quiere decir que, si por el paso de tiempo se ocupa un bien inmueble, pagando las cuentas, impuestos, mantenimiento o retribución económica del predio se puede solicitar el título del bien inmueble”, señaló la entidad.

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No obstante, según lo mencionado por la cartera debe tener en cuenta lo siguiente.

  • Cuando se trate de construcciones horizontales (Edificios divididos en apartamentos y con zonas comunes) se fijará un aviso de manera visible de la entrada del conjunto, para que las personas tengan conocimiento del proceso y si creen tener derechos se puedan presentar ante el juez.
  • Si su predio no tiene certificado de tradición y libertad quiere decir que puede ser un predio baldío, por lo que deberá dirigirse a la Agencia Nacional de Tierras para iniciar su proceso de adjudicación de predio baldío. 3
  • Este proceso se da más que todo en los predios rurales.
  • Si usted tiene un predio urbano que no tiene certificado de tradición y libertad podrá iniciar el proceso de formalización de la propiedad ante la Agencia Nacional de Tierras para que ellos hagan el proceso de otorgarle el título del predio.

¿Dónde acudir?

Si requiere más información para el trámite de declaración de pertenencia puede acudir a las Alcaldías Municipales, Personerías y Defensorías.