Declaran improcedente tutela de propaganda electoral en el transporte de Santa Marta
La denuncia pretendía que se le diera amparo al candidato al Concejo de Santa Marta Miguel Martínez, a sus derechos fundamentales, a la igualdad en conexidad con el derecho a ser elegido.
Santa Marta
La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, declaró improcedente la acción de tutela instaurada contra el Consejo Nacional Electoral, Ministerio de Transporte, Alcaldía de Santa Marta, Secretaria de Movilidad de Santa Marta, y la Policía Nacional por la eventual vulneración al derecho a la igualdad en conexidad con el derecho a ser elegido, libertad de locomoción y libertad de expresión.
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La denuncia pretendía que se le diera amparo al candidato al Concejo de Santa Marta, Miguel Martínez, a sus derechos fundamentales, a la igualdad en conexidad con el derecho a ser elegido, libertad de locomoción y libertad de expresión, porque, según él, los vehículos de transporte público de Santa Marta están utilizando propaganda política en sus vehículos.
Finalmente, la Sala de Decisión Laboral consideró que no existían elementos suficientes para demostrar una violación a los derechos fundamentales del demandante, para que los taxis y buses de Santa Marta retiraran la publicidad política.