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¿Cuál es la diferencia entre un Bachiller de Policía y un patrullero? Le explicamos

Conozca cuál es la diferencia jerárquica entre estos dos cargos dentro de la fuerza pública y cómo puede un bachiller continuar su carrera en la institución.

¿Cuál es la diferencia entre un Bachiller de Policía y un patrullero? Le explicamos. Imagen de referencia de Policía Nacional. Foto: Colprensa.

Un bachiller de la Policía Nacional de Colombia, es un individuo que ha completado su educación secundaria y ha obtenido un diploma de bachillerato, y que además ha decidido prestar su servicio militar como auxiliar de policía.

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Las funciones de un bachiller de la Policía Nacional de Colombia son variadas, pero en general, según señala la institución, están encargados de mantener el orden público, proteger a los ciudadanos y sus propiedades, y cumplir con las leyes del país. También pueden estar involucrados en diversas tareas operativas y administrativas dentro de la institución.

Por otro lado, un patrullero es el primer grado de la carrera del Nivel Ejecutivo, de la Policía Nacional de Colombia. Los patrulleros son considerados personal de base en conjunto con los agentes y auxiliares. Un patrullero en la Policía Nacional de Colombia es un oficial que ha completado un programa académico específico y ha cumplido con una serie de requisitos establecidos por la Policía Nacional.

Requisitos para para convertirse en patrullero de la Policía de Colombia

Si un bachiller de la Policía Nacional de Colombia desea continuar su carrera y convertirse en patrullero, debe cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Policía Nacional. Estos incluyen:

  • Ser colombiano de nacimiento.
  • No haber sido condenado penalmente, ni estar vinculado formalmente a investigaciones por violaciones a Derechos Humanos.
  • No tener antecedentes disciplinarios o fiscales vigentes.
  • Acreditar el título de bachiller, técnico profesional, tecnólogo o profesional de acuerdo a la convocatoria.
  • No contar con multas vigentes en el Registro Nacional de Medidas Correctivas.
  • Tener mínimo 17 años, seis meses de edad siempre que cumpla la mayoría de edad en el primer semestre de formación y hasta 27 años, al momento de ingresar a la escuela de formación.
  • Si acredita título educación técnica, tecnológica o profesional universitario, hasta 30 años con 364 días de edad al momento de ingresar a la escuela de formación.
  • No tener sanciones pendientes de pago derivadas de una infracción de tránsito o transporte.
  • No estar incurso en indagaciones o investigaciones en materia penal, disciplinaria o fiscal.
  • Soltero (a) o casado (a), en ambos casos hasta con un hijo.
  • Para los hombres que se encuentren prestando servicio militar como auxiliares de Policía, contar con un período mínimo de servicio equivalente al 50% del tiempo establecido legalmente al momento de ingresar a la escuela de formación.
  • Tarjeta profesional o constancia de su trámite (para las carreras y convocatorias que así lo requieran).
  • Puntaje ICFES igual o superior a 40 puntos (en las áreas de lectura crítica, matemáticas, lenguaje y ciencias sociales) o su equivalente en las pruebas Saber 11 o promedio académico de pregrado o postgrado igual o superior a 3.8 (escala de 0 a 5 o su equivalente).

Una vez que cumplan con estos requisitos, los bachilleres pueden solicitar su ingreso a la escuela de formación policial para iniciar su proceso de formación como patrulleros.

Estos requisitos son necesarios para garantizar que los futuros patrulleros estén bien preparados para asumir sus responsabilidades y desafíos dentro del cuerpo policial. La formación y preparación adecuada son fundamentales para garantizar que los patrulleros puedan desempeñar sus funciones eficazmente y mantener la seguridad y el orden público.