¿Qué hacer cuando fallece el titular de un CDT o de una cuenta bancaria?
Conozca el trámite que se debe hacer para reclamar el dinero que deja una persona fallecida en sus cuentas bancarias o en un CDT
El patrimonio y los bienes de una persona cuando fallece suelen ser una de las cuestiones que más genera dudas y confusión. Si la persona que muere logra dejar todo claro antes de su fallecimiento, puede que el proceso frente a su herencia no represente mayores problemas, pero ¿qué pasa en los casos en que no es así?
Cuando una persona fallece, todos sus bienes y patrimonios pasan a un heredero o heredera que es fijado por la ley. Para el caso de una cuenta bancaria o un CDT, existe un proceso para que el sucesor pueda reclamar este dinero. A continuación le explicamos lo que se debe tener en cuenta para este trámite.
¿Cómo solicitar el dinero de la cuenta bancaria de un familiar o pariente fallecido?
Lo primero que se debe tener claro es el número de cuentas de la persona fallecida. Esto se puede rastrear a través de certificados bancarios, la declaración de renta, los registros contables, o, en dado caso, dirigiéndose directamente a las entidades financieras.
Las personas que tienen derecho a pedir información sobre estas cuentas son los familiares, cónyuges del difunto o herederos certificados. Cualquiera de estas personas puede acercarse al banco y presentar los documentos anteriormente descritos para solicitar el dinero. Este procedimiento se puede dar con cuentas corrientes, depósitos electrónicos o cheques de gerencia.
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Para solicitar el saldo debe tener los siguientes documentos:
- Copia autenticada del registro civil de defunción del titular de la cuenta.
- Copia autenticada del documento que acredite el vínculo con el fallecido, por ejemplo: registro civil de matrimonio o registro civil de nacimiento (dependiendo de la relación que se tuviera con este).
- Copia de la cédula de ciudadanía de los herederos que están reclamando el dinero.
- Declaración jurada de los interesados en la cual indiquen que no se ha nombrado administrador de los bienes del difunto. En algunos casos se exige que este documento sea autenticado.
Si las cuentas en cuestión suman más de 74′358.288 pesos colombianos, se debe realizar un juicio de sucesión. Este valor es el estipulado para el 2023, cada año se concreta un monto diferente.
¿Qué pasa cuando se trata de un CDT?
El Certificado de Depósito a Término (CDT) es un instrumento de ahorro que les permite a las personas invertir una cierta cantidad de dinero en una entidad financiera por un plazo determinado. Si la persona fallecida tiene uno de estos depósitos, el dinero puede ser reclamado una vez se cumpla con los tiempos estipulados en un principio.
Como sucede con las cuentas bancarias, los solicitantes deben certificar el vínculo que tenían con el titular difunto del CDT. De acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, numeral 7 del artículo 127, este dinero lo puede reclamar el cónyuge, el compañero permanente y/o los herederos.
En este caso, el monto máximo para no pasar a un juicio de sucesión es de 58 millones de pesos.
¿Qué es un juicio de sucesión?
Un juicio de sucesión es un proceso legal en el que los herederos se dividen o reciben los bienes, derechos y obligaciones de una persona difunta. Si hay un consenso entre los familiares y herederos, el trámite se puede hacer en notaria, pero si los involucrados no llegan a ningún acuerdo, se debe desarrollar por vía judicial.
Para tramitar este juicio, aquí le contamos lo que debe tener en cuenta para solicitar este juicio.