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Si lo para la Policía, ¿todos los pasajeros del vehículo deben entregar la cédula?

Tenga en cuenta que ante cualquier procedimiento, está permitido que el agente de tránsito y el conductor graben para tener un respaldo de lo sucedido.

Imagen de referencia de policía de Tránsito. Foto: Colprensa.

Imagen de referencia de policía de Tránsito. Foto: Colprensa.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 24 de la Constitución Política, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por todo el territorio nacional, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para la garantía de la seguridad y comodidad de los habitantes, por esto, por medio del Ministerio de Transporte, se estableció el Código Nacional de Tránsito Terrestre para esta tarea.

Gracias a esto, la Policía de Tránsito está dispuesta para desplegar acciones correctivas si evidencia una presunta incurrencia de una infracción de tránsito y lo realiza con el objetivo que el ciudadano acate las disposiciones establecidas en la ley para garantizar el cumplimiento de peatones, conductores, etc.

En contexto:

¿Qué documentos puede exigirle un policía de tránsito?

El agente de tránsito puede exigirle la presentación de su documento de identidad, licencia de conducción, tarjeta de propiedad, SOAT y Revisión Técnico Mecánica, todo esto con el fin de hacer un registro del vehículo y llevar a cabo acciones correctivas, si así lo amerita la situación.

De esta manera, si el policía requiere la cédula de todos los ocupantes del vehículo, estos tendrán que suministrarla para poder identificarse ante las autoridades.

¿Qué puede y no puede hacer un agente de tránsito?

1. En ningún caso el policía de tránsito debe incurrir en extralimitaciones y abuso de autoridad; en este caso usted puede negarse a cualquier procedimiento que considere que atente contra su integridad.

2. Tampoco está permitido legalmente realizar acciones de soborno para evitar o retardar su comparendo.

3. Esta permitido que tanto el agente de tránsito, como el conductor, graben el procedimiento para tener un respaldo de todo lo que pase y utilizarlo como prueba, si es necesario.

4. No podrá realizarse un comparendo si usted olvidó su licencia de conducción, recuerde que puede presentar el pantallazo de verificación en el Registro Nacional Único de Tránsito (Runt).

5. Si su vehículo está mal estacionado y una grúa se dispone a llevarse el carro, no podrá hacerlo si usted se presenta en el lugar antes de que se lo lleven.

5. El policía de tránsito puede solicitar que se realice una prueba de alcoholemia, si evidencia que el conductor está en estado de embriaguez.

6. No es obligarlo a bajarse del vehículo, salvo si hay una razón de peso para que el policía le exija hacerlo.

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