Corte Constitucional tumba decreto de Duque que reglamentó las curules de paz
La decisión se tomó por vicios de procedimiento. Sin embargo, no se afectará la elección de las circunscripciones de paz.
La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 1207 de 2021 por vicios de procedimiento. Esta norma fue expedida por el entonces presidente Iván Duque para reglamentar la elección de las circunscripciones transitorias especiales de paz.
Sin embargo esta decisión de la Corte no afecta ni la elección pasada ni la futura de estas circunscripciones.
Para el alto tribunal:
“A pesar de que el decreto reguló materias que son objeto de la reserva de Ley estatutaria, el presidente omitió el deber de enviarlo automáticamente a la Corte para su control previo, integral y definitivo de constitucionalidad”.
Por lo que la Sala Plena adoptó una decisión para proteger el sistema constitucional de fuentes y de control judicial frente a posibles elusiones constitucionales.
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Además, le pidió al Gobierno que ejerza su iniciativa legislativa en esta materia y al Congreso de la República que expida la regulación correspondiente.
La Sala Plena en este caso enfatizó que la regla general es que sus providencias solo tienen consecuencias a futuro, lo que implicaría que “esta providencia no afecta la voluntad democrática expresada en la elección de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para el periodo 2022-2026, ni la elección de esas curules que deberá ocurrir con base en lo previsto en el Acto Legislativo 2 de 2021, las demás normas electorales, la jurisprudencia pertinente y la regulación que se expida por el Congreso de la República con base en esa enmienda constitucional o incluso en lo que estrictamente corresponda a la potestad reglamentaria del gobierno”, dice el fallo.
Básicamente la Corte enfatiza que esta regulación de Duque no es imprescindible para que se puedan elegir nuevamente dichas Circunscripciones para el periodo 2026-2030.