¿Es cierto que se puede votar con otro documento diferente a la cédula? Le explicamos
Para votar el próximo 29 de octubre hay ciertos requisitos que debe tener en cuenta cuando se acerque al puesto de votación. En la nota se lo contamos.
Ya se acercan las elecciones regionales, y la Registraduría Nacional ha venido preparando toda la logística de la jornada que se llevará a cabo el 29 de octubre. Las inscripciones a las candidaturas ya se han cerrado, por lo cual los colombianos ya pueden visualizar un panorama político para decidir por quiénes votar.
Los ciudadanos también han tenido el espacio para inscribir sus cédulas para poder sufragar en día de las elecciones. Hasta el 29 de agosto tendrán plazo, no solo para registrarse para poder votar en los comicios regionales, sino que también podrán cambiar sus puestos de votación. Esto solo lo podrán hacer en los puntos asignados por la Registraduría Nacional.
¿Con cuál documento se puede votar en las elecciones regionales?
Al momento de asistir a su mesa de votación asignada tendrá que presentar su cédula de ciudadanía física o también puede hacer uso de la cédula digital. Además, es recomendable que lleve su propio bolígrafo, ya que esto le puede dar más confianza al momento de marcar el tarjetón.
Según la Registraduría Nacional, el único documento que puede usar para ejercer su derecho al voto es la cédula, por ello, no crea en rumores de que con la contraseña u otro modo de identificación podrá hacerlo.
Quiénes pueden votar en las elecciones
Aquellos ciudadanos colombianos que sean mayores de 18 años podrán ejercer su derecho al voto. Las personas con la nacionalidad, que residan en otros países, no están obligadas a votar; y quienes sean extranjeros, pero vivan en Colombia, solo podrán hacerlo si demuestran su residencia mínima de 5 años en el país.
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Fechas clave para las elecciones
Dentro del calendario electoral hay dos fechas que ya tuvieron vencimiento, la primera fue el 29 de junio, periodo en el que inició la inscripción de los candidatos, y finalizó con algunos problemas el pasado 29 de julio. Además de esto, en la fecha también iniciaron las campañas de propaganda en espacio público y se publicó el censo electoral.
Las próximas fechas a tener en cuenta son:
2 de agosto: lanzamiento de campañas electorales y propaganda en medios de comunicación.
29 de agosto: cierre de inscripciones ciudadanas para poder votar.
14 de octubre: publicación de lista de jurados electorales.
27 de octubre: fecha límite de inscripción de testigos electorales. También se cierran las campañas de propaganda.
29 de octubre: día de las elecciones.
¿Qué se elige en las elecciones regionales?
Según la Registraduría Nacional, estos son los cargos que se elegirán el próximo 29 de octubre:
1.102 alcaldes
12.072 concejales de todo el territorio nacional
6.513 ediles
32 gobernadores
Beneficios de votar
Recuerde que ejercer su derecho al voto le puede traer algunos beneficios como:
· 10 por ciento de descuento de la matrícula para los estudiantes de una institución de educación superior.
· 10 por ciento de descuento en el valor de la expedición del pasaporte.
· 10 porciento de rebaja en el valor del trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar.
· Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar.
· Beneficios en la aplicación a becas estudiantiles y subsidios de vivienda.
Estas oportunidades tienen ciertas condiciones y fechas de caducidad, por ello es importante revisar todos los requerimientos para aplicar a uno de estos.