Judicial

Se suspende resolución que declaró ‘falta absoluta’ de Carlos H. Rodríguez como contralor

El fallo además mantiene al vicecontralor, Carlos Zuluaga, como contralor general de la República encargado.

Carlos Hernán Rodríguez. Foto Senado

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la resolución que declaró la falta absoluta del excontralor general Carlos Hernán Rodríguez y mantiene al vicecontralor, Carlos Zuluaga, como contralor general de la República encargado.

La decisión la tomó la sección quinta del alto tribunal con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, luego de estudiar una demanda de Germán Calderón España, en la cual solicitó anular la Resolución Ordinaria de 15 de junio de 2023, expedida por el contralor general de la República:

«Por la cual se declara la ocurrencia de la falta absoluta del titular del cargo de contralor general de la República y, por ende, del supuesto de hecho previsto en la ley para la asunción de funciones por parte del Vicecontralor».

Según el demandante el contralor saliente, Carlos Rodríguez Becerra carece de competencia para encargar al vicecontralor Carlos Mario Zuluaga Pardo “para asumir las funciones de Contralor General de la República, mientras el Congreso de la República hace la elección de quien ha de fungir como tal durante el lapso que resta del periodo”, dice la demanda.

Sin embargo, el alto tribunal admite la demanda de nulidad electoral en contra de la resolución y la suspende provisionalmente, mientras se hace el estudio de fondo, porque dice que según el demándate, el contralor saliente no tenía la competencia para disponer sobre quién iba a ocupar su cargo mientras está vacante era provista por el congreso, pues la Constitución Política (art. 267) estableció que ello debe realizarlo esta misma autoridad.

Aún así precisa:

“La suspensión decretada no significa que el señor Carlos Mario Zuluaga Pardo deba dejar las funciones de contralor general de la República que asumió por ministerio de la ley, de conformidad con lo expuesto en esta providencia”, dice el fallo.