Justicia y Paz deja en firme orden de captura y extradición contra Salvatore Mancuso
Además, la Sala pidió informar a la JEP que muchos de los hechos ventilados por el exparamilitar no son novedosos, remontándose a varios años atrás para fundamentar ese punto.
La Sala de Justicia y Paz de Bogotá dejó en firme la orden de captura con fines de extradición contra el excomandante de las Autodefensas, Salvatore Mancuso, al encontrar que su proceso de reincorporación debe adelantarse en Colombia, tiene que trasladarse al país a cumplirle a la justicia y señalar la estrategia de sus abogados encaminada a pedir su asilo ha buscado “instrumentalizar” la justicia.
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“Se puede establecer que, al parecer, el postulado SALVATORE MANCUSO GÓMEZ, y sus defensores han querido instrumentalizar la justicia con el fin de desligarse de los compromisos pactados en este especial sistema de justicia transicional, cuando al haberse postulado y desmovilizado en el marco de la Ley 975 de 2005, se comprometió a brindar verdad con el fin de esclarecer los hechos delictivos desarrollados con ocasión al conflicto armado interno colombiano”, sentenciaron.
Para la sala, en cabeza de la magistrada Alexandra Valencia Molina, es un deber imperativo que el exparamilitar regrese al país a responder ante la justicia por los crímenes de las Autodefensas incluso para la evaluación de una libertad a prueba; y opciones como adelantar su proceso de reincorporación con la ARN de forma virtual no es admisible.
“...preciso anotar que tales contratos, convenios o alianzas, se circunscriben a entidades públicas y privadas presentes en el territorio nacional, teniendo en cuenta que los procesos liderados por la Agencia de Reincorporación, entre los que se encuentra el proceso de reintegración Especial de Justicia y Paz, tiene como base la oferta institucional del Estado Colombiano, la cual se ha de entender bajo los límites del territorio nacional” concluyeron.
Por otra parte, la Sala compulsó copias contra el juez que en 2019 revocó las órdenes de captura que habían sido dictadas contra el exjefe de las Autodefensas tras ser condenado por distintos crímenes en el 2014, al señalar que actuó equivocadamente en la valoración sobre las condiciones para definir la libertad a prueba a Mancuso.
Adicionalmente, los magistrados solicitaron informarle a la JEP que muchas de las cosas que mencionó Mancuso en audiencias ante esa jurisdicción y que se volvieron hitos “mediáticos” son asuntos cero novedosos ya mencionados en versiones libres en Justicia y Paz.
“...hacer ver que algunos de los hechos mediáticamente presentados como novedosos ante aquella jurisdicción, luego que se decidiera evaluar el ingreso o no del postulado SALVATORE MANCUSO a ese sistema de justicia, ya fueron referidos ante esta Sala de Conocimiento en decisiones del 31 de octubre del 2014 y 11 de agosto de 2020″ sentenciaron.
Finalmente, la magistrada Alexandra Valencia Molina pidió dar a conocer a los esquemas de protección los argumentos expuestos por el exparamilitar en el recurso de apelación, donde, asegura, la ha señalado de manipular la justicia y “poner guiones dentro de las leyes para evitar concederle la libertad”, indicando que son afirmaciones “altamente intimidantes y peligrosas frente a la función jurisdiccional que tenemos a cargo”.