Economía

¿En qué momento debería una persona pasarse a Colpensiones?

Cada caso es diferente y los afiliados deben acudir a la doble asesoría para tomar la mejor decisión para el ahorro de sus pensiones.

Imagen de referencia de pensiones. Foto: Getty Images. / seksan Mongkhonkhamsao

El Régimen de Prima Media con prestación definida es administrado por Colpensiones y es el régimen público. Éste es el mecanismo mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios pueden acceder a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes, o en su defecto, la indemnización sustitutiva.

Por eso, es tan importante tener en cuenta algunos factores para tomar la decisión de trasladarse de un fondo privado a uno público.

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  1. En el Fondo Público se debe cumplir con una edad mínima: en Colpensiones la edad de jubilación es de 62 años para hombres y de 57 para mujeres. Por su parte, en un fondo privado, las personas se pueden pensionar de manera anticipada una vez tengan cotizado el capital necesario para lograr como mínimo el equivalente a 1 salario mínimo mensual.
  2. En Colpensiones se debe cumplir con más años de trabajo, es decir, para poder pensionarse con el fondo público, el afiliado tiene que cumplir con 1.300 semanas, lo que equivale a 26 años de trabajo. Mientras que en un fondo privado se necesitan de 1.150 semanas, es decir, tres años menos que en Colpensiones.
  3. En caso de que la persona no alcance a pensionarse, quienes no cumplan con los requisitos de pensión, tienen derecho a la devolución de su dinero. La diferencia parte en que el fondo público únicamente ajusta la inflación, mientras que el fondo privado, además de realizar esto, también desembolsa los rendimientos obtenidos.
  4. Por otra parte, con un fondo privado, el ahorro se puede heredar, así si la persona no cuenta con beneficiarios de ley, el dinero lo pueden heredar otros miembros de su familia. Mientras que en Colpensiones solo lo pueden heredar quienes son hijos o esposos, no otro tipo de familiares.
  5. Con un fondo privado se puede incrementar la pensión o anticiparla: si una persona desea aumentar su pensión, puede cotizar de forma adicional desde 10.000 pesos. Con este dinero adicional se pueden incrementar los ahorros y tener una mensualidad más alta. Cosa que no es posible con el fondo público.
  6. Por último, en un fondo privado se puede construir un ahorro voluntario para lograr sus objetivos: a diferencia de Colpensiones, en los fondos privados se tiene la posibilidad de realizar aportes a una cuenta de pensiones voluntaria con los cuales podrá acercarse al cumplimiento de metas.

¿En qué momento debería una persona pasarse a Colpensiones?

Cabe resaltar que las personas que deseen trasladarse del Régimen de Prima de Media a fondos privados o viceversa pueden hacerlo sin problema, sin embargo, para hacerlo deben tener en cuenta algunos aspectos:

Para que una persona se pueda trasladar debe solicitar primero la Doble Asesoría, tanto al fondo privado como a Colpensiones. Este requisito obligatorio se hace a través de una llamada en la que se resolverán inquietudes sobre cada uno de los regímenes y se realizará una proyección de la pensión, de este modo es posible tomar una decisión informada basada en lo que más le convenga al solicitante.

¿Cómo trasladarse de régimen?

Para poder trasladarse de régimen son necesarios los siguientes requisitos:

  • Tener 5 años de permanencia en Colpensiones o en los fondos privados. No importa si se ha trasladado entre fondos privados, lo importante es que la suma del tiempo en el régimen privado sea de mínimo 5 años.
  • Si ya cumplió 37 años y es mujer, o 42 años y es hombre, deberá solicitar y recibir la Doble Asesoría con ambos regímenes; es decir, con Colpensiones y con su fondo privado.
  • Se podrá trasladar antes de cumplir 52 años si es hombre o 47 años si es mujer.