¿Una persona se puede declarar en bancarrota? Verdad o mito
Conozca la ley que puede ayudar a personas con condiciones específicas que no tienen ingresos para cumplir con sus deudas económicas.
Si bien es usual escuchar de alguna empresa que se declara en bancarrota, algo que se puede evitar si se dejan de realizar malas prácticas, varios se preguntan si una persona natural se puede o no declarar en quiebra.
En 2018, según un estudio realizado por Insolvencia Colombia, 827 personas se declararon en quiebra, en su mayoría hombres.
En Colombia, a diferencia de otros países, no existe una ley con la que las personas puedan declararse en quiebra o bancarrota, pero existe la norma 1564, establecida en 2012, que puede ser similar, solo si se cumple con ciertas condiciones.
Una persona que no está registrada como comerciante, puede acogerse a la Ley de Insolvencia, pero el Decreto 2677, expone las condiciones y cómo es el proceso. Tenga en cuenta que, según expertos, esta debería ser la última opción para considerar, pues podría irse por negociar una reestructuración o consolidación de deuda.
¿En qué consiste la Ley de Insolvencia?
Permite a las personas trazar un acuerdo que le permita saldar su deuda, pero este debe estar sujeto a la aprobación de un juez. Quien quiera aplicar debe tener mínimo dos deudas en mora por más de 90 días con dos o más acreedores, sin embargo, debe tener como mínimo la mitad de las deudas pagas por más de 3 meses.
Si se cumple con lo anterior, la persona puede hacer la solicitud para aplicar a esta ley para que se congele cualquier proceso judicial en su contra, un procedimiento que no es económico y al que puede acudir una vez cada 10 años.
“Estos procedimientos no son económicos, hay que pagar una tarifa. Por ejemplo, si son $120 millones de deuda, se pagan $10 millones por trámite de conciliación”, ha contado en oportunidades anteriores a W Radio William Valencia, dueño de Expertos en Insolvencia.
¿Cuándo sé si estoy en quiebra?
Los expertos dicen que algunos de los aspectos que dejan ver que usted está quedando en quiebra como persona natural son:
- Imposibilidad de pagar un activo que ya compró, los más comunes son casa o carro.
- Ha enfrentado varios meses en donde su sueldo no le alcanza
- Las tarjeras de crédito están con más de 80% de utilidad
- Lleva más de dos meses utilizando tarjetas de crédito para pagar otros créditos.
- Su patrimonio no llega a cubrir sus deudas por pagar
Mire también:
¿Qué opciones tengo cuando me declaro en bancarrota?
Como se viene diciendo, además de la Ley de Insolvencia hay otras opciones a las que se puede acudir.
Compra de cartera: esta consiste en trasladar un saldo total o parcial de una entidad financiera a otra que le puede ofrecer mejor tasa de interés y extenderle el plazo de pago. En 2023 algunas entidades bancarias redujeron sus tasas de interés en tarjetas de crédito.
Compra de cartera hipotecaria: en caso de que la deuda sea inmobiliaria, esta opción consiste en ofrecer una cesión de hipoteca, esto quiere decir que el banco con el que tiene la deuda traspasa al otro banco parte o la totalidad de la deuda sin la necesidad de tener gastos de escrituración, avalúo o una nueva hipoteca.
Tenga en cuenta que hipotecar y solicitar un crédito hipotecario no es lo mismo.
En conclusión, si se pueden declarar en bancarrota, pero en el país no hay una ley directa que acoja todo tipo de deudas. No olvide siempre asesorarse de un experto para un adecuado estudio de su caso, aunque no es obligación, es una ayuda más concreta.