Judicial

Paz total: Corte Constitucional rechaza recusación contra magistrado Jorge Enrique Ibáñez

La Corte Constitucional rechazó la recusación en contra del magistrado Jorge Enrique Ibañez en medio del estudio de la ley de ‘paz total’ del Gobierno Nacional.

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

W Radio conoció en primicia que la Corte Constitucional rechazó la recusación en contra del magistrado Jorge Enrique Ibañez en medio del estudio de la ley de ‘paz total’ del Gobierno Nacional.

El alto tribunal consideró que la petición fue impertinente, teniendo en cuenta que la recusación surgió luego de que el sentido del proyecto de fallo de la ley de ‘paz total’ se conociera por diferentes medios de comunicación.

El magistrado Jorge Enrique Ibañez es el magistrado ponente de esta demanda que busca tumbar una de las banderas del Gobierno de Gustavo Petro para negociar con diferentes grupos armados que han formado parte del conflicto armado y el sometimiento a la justicia de bandas criminales.

Aunque llegaron a la Corte Constitucional varias demandas en contra de esta ley, que es la 2272 de 2022, que reformó la Ley de Orden Público, una de ellas fue seleccionada con urgencia nacional, por lo que se encontraba en el primer punto del orden del día de la Sala Plena siguiente, en este caso la Corte tenía que resolver primero la recusación.

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La demanda que se encuentra en estudio alega vicios de trámite en el Congreso de la República y la falta del concepto del Consejo de Política Criminal.

Otras demandas que también llegaron al alto tribunal señalan qué hay una violación al hilo constitucional porque se le otorga facultad, al presidente de la República de elegir quiénes serán los voceros de un eventual acuerdo de paz con grupos al margen de la ley, si estos han tenido labores sociales o humanitarias.

Sin importar si dichas personas están encarceladas o no, ya que en esta misma ley en su parágrafo 2, también le da la facultad al Gobierno de retirar órdenes de captura a las personas que hagan parte de eventuales acuerdos de paz.

Por lo que el demandante dice que así se está violando el orden constitucional de la separación de poderes, el debido proceso, la igualdad ante la justicia teniendo en cuenta qué esta función de retiro de órdenes de captura de las personas que presuntamente hayan cometido algún delito, es del resorte de la rama judicial encabezada por algún juez de la república y el ente investigativo.

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