Fecha límite para que las personas naturales declaren renta en 2023-2
Le presentamos las fechas que hay para declarar renta en el segundo semestre del año; prográmese y evite sanciones.
Dependiendo de los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias, algunos ciudadanos deben pagar el impuesto sobre la renta en el segundo semestre del 2023, de no hacerlo puede recibir sanciones que le afectarían su bolsillo.
Los empleados o independientes deben presentar a la DIAN la información financiera necesaria para que esta entidad calcule el valor que se debe pagar. Para este año, se hace el estudio basándose en los movimientos realizados durante el 2022.
Las personas naturales que declaran renta en 2023 -2 deben cumplir con las siguientes características:
- El patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
- Los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000
- Los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
- El valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
- El valor acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.
¿Cuál es la fecha límite para que las personas naturales declaren renta en 2023-2?
Según el calendario tributario de la DIAN 2023, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre vencen los plazos para que las personas naturales presenten su impuesto de renta del año gravable 2022. La fecha exacta de límite depende de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).
En la izquierda encontrará los últimos dígitos de su NIT y al lado derecho la fecha límite para declarar, también puede encontrar en calendario tributario completo en el portal web de la entidad
- 01 y 02 → 09 de agosto del 2023
- 03 y 04 →10 de agosto del 2023
- 05 y 06 → 11 de agosto del 2023
- 07 y 08 → 14 de agosto del 2023
- 09 y 10 →15 de agosto del 2023
- 11 y 12 →16 de agosto del 2023
- 13 y 14 → 17 de agosto del 2023
- 15 y 16 → 18 de agosto del 2023
- 17 y 18 → 22 de agosto del 2023
- 19 y 20 → 23 de agosto del 2023
- 21 y 22 → 24 de agosto del 2023
- 23 y 24 → 25 de agosto del 2023
- 25 y 26 → 28 de agosto del 2023
- 27 y 28 → 29 de agosto del 2023
- 29 y 30 → 30 de agosto del 2023
- 31 y 32 → 31 de agosto del 2023
- 33 y 34 → 1 de septiembre del 2023
- 35 y 36 → 4 de septiembre del 2023
- 37 y 38 → 5 de septiembre del 2023
- 39 y 40 → 6 de septiembre del 2023
- 41 y 42→ 7 de septiembre del 2023
- 43 y 44 → 8 de septiembre del 2023
- 45 y 46 → 11 de septiembre del 2023
- 47 y 48 → 12 de septiembre del 2023
- 49 y 50 → 13 de septiembre del 2023
- 51 y 52 → 14 de septiembre del 2023
- 53 y 54 → 15 de septiembre del 2023
- 55 y 56 → 18 de septiembre del 2023
- 57 y 58 → 19 de septiembre del 2023
- 59 y 60 → 20 de septiembre del 2023
- 61 y 62 → 21 de septiembre del 2023
- 63 y 64 → 22 de septiembre del 2023
- 65 y 66 → 25 de septiembre del 2023
- 67 y 68 → 26 de septiembre del 2023
- 69 y 70 → 27 de septiembre del 2023
- 71 y 72 → 28 de septiembre del 2023
- 73 y 74 → 29 de septiembre del 2023
- 75 y 76 → 2 de octubre del 2023
- 77 y 78 → 3 de octubre del 2023
- 79 y 80 → 4 de octubre del 2023
- 81 y 82 → 5 de octubre del 2023
- 83 y 84 → 6 de octubre del 2023
- 85 y 86 →9 de octubre del 2023
- 87 y 88 →10 de octubre del 2023
- 89 y 90 →11 de octubre del 2023
- 91 y 92 →12 de octubre del 2023
- 93 y 94 →13 de octubre del 2023
- 95 y 96 →17 de octubre del 2023
- 97 y 98 →18 de octubre del 2023
- 99 y 00 → 19 de octubre del 2023