Caso Diego Cadena: Comisión de Disciplina lo sancionó, esta vez por soborno a testigos
La nueva sanción es por soborno a testigos y la deliberó la Sala Plena del alto tribunal luego de resolver una nueva ponencia que pedía confirmar la sanción que Comisión del Valle le impuso Diego Cadena.
La Sala Plena de la Comisión de Disciplina Judicial votó este viernes 30 de junio, desde las 7:00 de la mañana la nueva ponencia que presentó en tiempo récord la presidenta Magda Victoria Acosta, la cual pedía dejar en firme la sanción que la Comisión Del Valle le impuso a Diego Cadena.
El alto tribunal el pasado miércoles 28 de junio votó la ponencia de la magistrada Diana Vélez, a quien en un principio le fue repartido el proceso de Diego Cadena. Con una derrota 5-1 la Sala Plena resolvió que Diego Cadena no sería absuelto por la sanción de soborno a testigos, a pesar del argumento de la magistrada Diana Vélez, de que había un testigo mentiroso, Carlos Enrique Vélez, y que por ende no existía la credibilidad necesaria para validar el testigo y sancionar a Cadena.
Por lo que la Comisión tenía que presentar una nueva ponencia, con el magistrado que siguiera en orden alfabético, y tuviera la postura contraria a la ponencia derrotada.
Este nuevo proyecto fue deliberado en horas de la mañana en la Sala Plena que nuevamente dejó 5-1 la votación, pero esta vez a favor de la ponencia que pedía la sanción de Diego Cadena.
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Sobre el proceso:
Recordemos que la Primera Instancia que fue fallada por la Comisión del Valle dice que se comprobaron los pagos con recibos, que se le entregaron al exparamilitar Carlos Enrique Vélez para que Juan Guillermo Monsalve cambiara su versión en el proceso que se adelantaba en contra de Iván Cepeda denunciado por el expresidente Álvaro Uribe.
Hay que tener en cuenta que Diego Cadena tiene otra sanción que es independiente a este proceso, y la anterior sanción contra Cadena de 3 años, fue porque indujo a los testigos a decir mentiras para cambiar sus versiones, es decir manipulación de testigos.
Esta nueva sanción es por soborno a testigos, es decir, donde se estableció que los pagos si se hicieron.