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Fallo ordenó divulgación de puesto único de votación en Polonuevo, Atlántico

La información se conoció en medio de cuestionamientos de la Personería municipal sobre la unificación de las mesas de votación en Sigue La W.

Fachada ID San Pablo, Polonuevo-Atlántico. Foto: Registraduría Atlántico.

Fachada ID San Pablo, Polonuevo-Atlántico. Foto: Registraduría Atlántico.

Después de que la personera del municipio de Polonuevo, Olga Lucía Orellano cuestionara la decisión de unificar los puestos de votación en uno solo, señalando que la ubicación era lejana del casco urbano y que no habían garantías de seguridad y transporte, la Registraduría emitió un nuevo comunicado.

De acuerdo con el documento de la Registraduría Nacional del Estado Civil en cumplimiento de un fallo de tutela del juzgado promiscuo municipal de Polonuevo (Atlántico), en el que se ordenó la divulgación del puesto de votación, se estudia la posibilidad de establecer acuerdos con el ente territorial para la garantía de medios de transporte. Asimismo, señalaron que el puesto de votación habilitado será el ID de San Pablo y que la entidad determinó que este "dispone de una excelente infraestructura física, tiene la capacidad para albergar a todos los votantes de manera eficiente y segura, cuenta con óptimas condiciones tanto para los sufragantes como para los jurados, acceso a la población en condición de discapacidad y, además, se encuentra ubicado dentro del perímetro urbano".

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"Considerando que Polonuevo es un municipio no zonificado, que solo debe tener un puesto de votación, la decisión fue adoptada después de un riguroso trabajo de campo en el que se tuvo en cuenta que el anterior centro educativo utilizado para los certámenes electorales tenía serios daños estructurales", se lee en el comunicado.

Finalmente, señalan que el fallo ordenó a la Registraduri´a Municipal de Polonuevo adelantar, en un plazo no superior de 60 días las acciones de divulgación a la ciudadanía sobre el nuevo puesto de votación habilitado.

“Por cuanto considero´ que el cambio de puesto no obedeció a una decisión del registrador municipal, sino a una necesidad y al cumplimiento de sus funciones”, concluyeron.

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