Corte Suprema investiga a senador Óscar Barreto por contrato de alcantarillado
Las presunta omisión en su deber de vigilancia con el mejoramiento y optimización de alcantarillados urbanos ocurrió en su calidad de gobernador del Tolima. Conozca los detalles de la investigación.
La Corte Suprema de Justicia investiga al senador Óscar Barreto porque como gobernador del Tolima habría cometido irregularidades al omitir la vigilancia de un contrato para el mejoramiento y optimización de alcantarillados urbanos en el departamento del Tolima.
El contrato contaba con un aporte departamental de $5.351′390.486 y de $50′975.000 por la entidad cooperante; adicionalmente se fijó a favor de la empresa un reconocimiento del 3,5% por concepto de la gerencia de los proyectos y los costos técnicos de seguimiento.
Las irregularidades con este contrato por las cuales es investigado el ahora senador son:
- Mediante la figura de Convenio Interadministrativo se contrató de manera directa la administración de recursos públicos para la ejecución de obras civiles, en la modalidad de subcontratación.
- Se omitió la realización, mediante acto administrativo, de la justificación adecuada que acreditara la necesidad de acudir a esa forma de contratación.
- No se realizó una adecuada planeación que permitiera la debida ejecución de los recursos.
- Se entregó el manejo y administración de recursos públicos a EGETSA SA ESP, para que ésta sin licitación pública, celebrara contratos de obra e interventoría con particulares.
- El Secretario General de la Gobernación emitió una certificación de idoneidad sobre EGETSA SA ESP en aspectos que no realizaría con ocasión del convenio tales como “administrar los recursos del Departamento” y con ellos “subcontratar tanto la realización de las obras como su interventoría”.
Tampoco se encontraron estudios previos de prefactibilidad ni análisis de precios que permitieran planificar los valores más favorables para el presupuesto departamental. Y el gerente de EGETSA SA ESP emitió una certificación el 15 de septiembre de 2008, en la que manifestó el compromiso de la empresa en aportar $50′975.000 para el desarrollo del convenio, sin que aparezca certificación ni documentación que acredite el aporte.
Ahora, la Corte Suprema estudió si seguirá adelantando este proceso en contra de Barreto, en la fase de la indagatoria debido a que su proceso se adelantaba por la ley 906 de 2004.
Y dice la Corte que para ajustar el procedimiento y “entroncarlo con el reglado en la Ley 600 de 2000″, es necesario culminar la diligencia ya iniciada y practicar las pruebas que se decreten en favor de las partes, todo ello bajo los lineamientos establecidos en la Ley 906 de 2004 al ser la normativa por la que se venía adelantando ese momento procesal.
Y que una vez cumplido lo anterior, la actuación se encausará bajo el procedimiento de la Ley 600 de 2000, excluyendo la participación del Fiscal al no estar prevista ni contemplada su intervención en aquellos procesos adelantados en contra de Senadores y Representantes a la Cámara del Congreso de la República.