Judicial

JEP mantiene valoración positiva a empresario Gallo a pesar de críticas de las víctimas

El cuestionado Luis Gonzalo Gallo fue vinculado a la investigación por el despojo criminal del Fondo Ganadero de Córdoba (FGC) sobre miles de hectáreas en Tulapas de la mano con la casa Castaño.

Empresario  Luis Gonzalo Gallo. Foto: Cortesía.

Empresario Luis Gonzalo Gallo. Foto: Cortesía.

La Sala de Reconocimiento de la JEP, en decisión del despacho de la magistrada Nadiezhda Henríquez, dejó en firme la determinación que valoró positivamente los aportes a la verdad efectuados por el cuestionado empresario Luis Gonzalo Gallo, procesado por el despojo para-empresarial de tierras de campesinos en Tulapas (Urabá).

La decisión se produjo luego de negar un recurso interpuesto por organizaciones de víctimas como la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz en el cual pedían tumbar el fallo inicial y valorar negativamente lo aportado hasta el momento por Gallo, quien, de hecho, ha negado cualquier responsabilidad en ese plan criminal así como cualquier relación delictual con la familia Castaño y Sor Teresa Gómez.

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“Los aportes realizados por Gallo Restrepo en las sesiones de versión voluntaria evidencian que no han sido trascendentes, ni relevantes, ni inéditos, en relación con lo ya conocido en la justicia penal ordinaria (...) contradicciones en los relatos de los otros comparecientes sobre los mismos hechos, que incluso le endilgan a Gallo conocimiento propio y responsabilidades directas en los mismos”, señaló la Comisión Intereclesial.

Para la JEP, al contrario, en el momento actual, aunque Luis Gonzalo Gallo ha reiterado que no tuvo nada que ver con la estrategia de despojo de tierras, su participación ha sido proactiva y la valoración total de sus dichos se hará en una etapa posterior. Incluso, rechazaron que se le enviara un nuevo cuestionario con preguntas de las víctimas.

“Extraña a esta magistratura la afirmación de la recurrente en el sentido de desconocer los elementos de prueba que ha aportado el señor Gallo Restrepo, y que ese desconocimiento le impide, en su condición de apoderada judicial de víctimas acreditadas, analizar tanto si esos documentos aportados como el relato brindado, logran satisfacer preliminarmente los estándares de valoración”, señaló la JEP.

La determinación del despacho de la magistrada Henríquez fue respaldada por la Procuraduría que señaló que “se debe considerar que el señor Gallo Restrepo ha aceptado haber incurrido en omisiones a su deber como miembro de la Junta Directiva, lo que no puede con ello sostenerse de manera tajante, como lo hace la recurrente, que omitió reconocerse como responsable de los hechos bajo investigación”, dijo.

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