Recientemente la <b>Procuraduría General de la Nación inhabilitó por 12 años para ejercer cargos públicos</b>, funciones públicas o contratar con el Estado y multó con $50.5 millones al gerente de la campaña <b>Juan Manuel Santos Presidente</b>, José Roberto Prieto Uribe, tras haber probado la falsedad en el informe de ingresos y gastos de la campaña entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE).A propósito de este caso, el profesor de derecho penal Santiago Trespalacios conversó con La W sobre los tres delitos adicionales que salieron la luz sobre el gerente de la campaña Santos Presidente.“<b>Así haya o no fallo de la Procuraduría, la Fiscalía puede iniciar la investigación por estos hechos, </b>no existe una regla que ordene que una vez sea hallado culpable por la Procuraduría deba ir a la Fiscalía o una que se oponga en sentido contrario, lo que sí se debe tener en cuenta es que los hechos por los cuales está siendo investigado y juzgado el señor exgerente no eran delitos específicos en la época en que ocurrieron sino que a causa de estos hechos fue creado el delito”, explicó.Agregando que “<b>la Procuraduría General de la Nación no está investigando a Roberto Prieto por la comisión de delitos</b> sino de faltas disciplinarias, estas son mucho más amplias (…) en materia penal, debido a la gravedad de la medida que se pude tomar frente al caso, la falta, que llamamos delito, debe ser supremamente especifica dentro de la ley. Los delitos de incluir información falsa en los informas de campañas, superar los topes o incluir financiación de fuetes prohibidas surgen en 2017”, puntualizó.<b>Escuche la entrevista completa con Santiago Trespalacios en La W:</b>