Cédula digital tramitada por circular seguirá vigente: Consejo de Estado
El Consejo de Estado determinó que la circular que regula la cédula digital no es un acto administrativo sujeto a demanda.
Al Consejo de Estado llegó una demanda que pedía tumbar la cédula digital bajo el argumento de que la Corte Constitucional dijo que todo lo que se refiera a la identidad de las personas debe hacerse por Ley Estatutaria y el registrador, Alexander Vega, reguló la cédula digital por medio de una circular.
Sin embargo, el alto tribunal rechazó esta demanda porque la circular que regula la cédula digital no está sujeta a demanda.
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Aun así, el demandante cuestiona si el registrador puede regular una parte de la identidad de las personas a través de un acto informativo que no constituye un acto administrativo.
En todo caso, el Consejo de Estado reitera que la Circular tiene como propósito orientar e informar sobre la adopción de la cédula de ciudadanía digital: “sustentada en la necesidad de incorporar las tecnologías de la información y de las comunicaciones TICS en el documento de identificación, aplicado en sus dos versiones (física y digital), en cuanto integra características de seguridad y validación a través de los medios tecnológicos”, dice la sentencia.
Bajo este entendimiento: “la Circular Externa no tiene el alcance de acto administrativo, pues, como ya se indicó, se limita a enterar a las entidades del Estado y a la comunidad en general de las condiciones de expedición del mencionado documento de identidad, sin que ello implique la disposición de una decisión que cree, modifique o extinga una situación jurídica y que, por lo tanto, pueda ser susceptible de control jurisdiccional”.