¿Puede un menor de 5 años visitar a padres procesados por proxenetismo?
La Corte Suprema avaló que los padres procesados por proxenetismo pueden pedir permiso para recibir visitas de sus hijos.
La Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre la coyuntura por un caso en Bogotá.
La W Radio conoció una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia, acerca de una pareja, padres de un niño y ambos en prisión, en establecimientos carcelarios diferentes.
La madre se encuentra privada de la libertad en la cárcel El Buen Pastor y el padre en el Centro Especial de Reclusión de Puente Aranda , ambos en Bogotá.
El hijo de esta pareja tiene 5 años, y ambos están pidiendo recibir visitas de su hijo lo cual es un derecho fundamental, sin embargo, esta pareja esta siendo procesada por proxenetismo con menor de edad agravado y estímulo a la prostitución de menores.
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Por lo que el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia que resolvió esta tutela de segunda instancia luego de que, el director jurídico de la estación de Puente Aranda reiteró que el padre del menor no tiene autorizado recibir visitas del niño, por lo que no se las conceden.
Posteriormente el Coordinador del Grupo de Tutelas del Inpec señaló que la competencia para resolver la solicitud de la demandante radica en el establecimiento de reclusión El Buen Pastor, en donde está la madre, que también declaró no tener esta competencia aunque el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento, dijo que la autorización de visitas le correspondía a la cárcel.
Así que después de que ninguna autoridad aceptó la competencia, el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio precisó que era responsabilidad de un juez ya que se trata de un menor de edad.
Así que el Tribunal Superior de Bogotá le dio la razón a la madre para realizar el trámite de visitas de su hijo, sin embargo le negó el trámite al padre por no acreditar haber presentado la petición ante el Centro de Reclusión Especial.
Por lo que la misma madre impugnó esta decisión, ya que quería que el padre también estuviera incluido. Así que la Corte estudió la tutela, deja en firme la impugnación y le dice a los padres que vayan a un juez de garantías para que se resuelva el asunto de las visitas de ambos.
Ahora, hay una aclaración de voto del presidente de la Sala Penal del alto tribunal que dice que no se trataba de un caso cualquiera, como para que pudiera resolverse tan planamente como se hizo, resaltó que debió vincularse al ICBF o sino el fallo debió condicionar la visita en un ambiente seguro para el menor y con presencia de un defensor de familia.
Así que, la Corte Suprema avaló que los padres procesados por proxenetismo pueden pedir permiso para recibir visitas de sus hijos, aún así el magistrado Hugo Quintero Bernate aclaró diciendo que debería condicionarse esta visita.