La W conoció en integridad el fallo de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el que <a href="https://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/no-tengo-nada-de-que-avergonzarme-coronel-r-publio-hernan-mejia/20210920/nota/4165926.aspx" target="_blank"><b>ordenó la captura del coronel Hernán Mejía</b></a>, excomandante del Batallón La Popa y quien se encuentra en libertad condicional.De acuerdo con la determinación de la magistratura, <b>Mejía incurrió en discursos de odio y revictimizantes</b> al calificar a grupos sociales y manifestantes como terroristas, desconocer la responsabilidad del estado en los hechos del Palacio de Justicia y hablar de <b>negociadores del Acuerdo de Paz como “bandidos”</b>.Para llegar a esa decisión analizaron las <b>publicaciones personales de Mejía en su cuenta de Twitter </b>así como varios videos de su precandidatura presidencial por el movimiento “Primero La Patria”.Dentro de los videos donde encontraron discursos de odio se encuentran tres llamados: <b>1. A Colombia no se le amenaza. 2. Apoyemos a María Fernanda Cabal. 3. Candidato presidencial coronel (r) Hernán Mejía</b>.“Insiste en la <b>estigmatización de las comunidades como parte o colaboradoras de grupos armados ilegales </b>y reitera la imposibilidad de alcanzar la paz por medio de la negociación, tildando el acuerdo de paz como la entrega del país al terrorismo, entre otras. Adicionalmente imputa conductas delictuales u origen y relacionamiento criminal, sin fundamento alguno, a personas, instituciones y grupos sociales” concluyó la JEP.Para la magistratura, la actuación de Mejía (quien participó en la manifestación de reservistas contra el presidente Gustavo Petro) <b>no se puede encasillar en la libertad de expresión</b> porque incidió en un discurso que afrenta la no repetición y fomenta la violencia.“Las expresiones por él utilizadas, suponen<b> postulados estigmatizantes y generadores de posturas o ideologías discriminatorias</b> en contra de las personas que ejercen el derecho a la protesta, además, de quienes hicieron parte de la negociación del acuerdo de paz y, ciudadanos que participan en política” sentenció la Sección.Así las cosas<b> la magistratura ordenó la captura del coronel Mejía</b> para que sea enviado nuevamente a prisión a un centro de reclusión militar, para que desde allí siga cumpliendo la pena que le ha sido impuesta por la justicia ordinaria por paramilitarismo y falsos positivos.La determinación tuvo salvamento de voto de la magistrada María del Pilar Valencia García y del magistrado Raúl Sánchez quienes no aprobaron la decisión que se impuso.