Judicial

Corte Constitucional tumbó orden de captura del exmagistrado Luis Fernando Sáchica

Entre los años 2009 y 2010, Sáchica Méndez ocupó el cargo de subdirector de bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes (en adelante DNE).

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images. / Tetra Images

La Corte Constitucional tumbó la orden de captura del exmagistrado Luis Fernando Sáchica, condenado por el desfalco de la extinta Dirección Nacional de Estupefacientes.

Entre los años 2009 y 2010, Sáchica Méndez ocupó el cargo de subdirector de bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes -en adelante DNE-. Además era parte del comité que establecía las medidas de administración de los bienes embargados y secuestrados en procesos de extinción de dominio.

Y por actos irregulares en su administración fue condenado. Los procesos en su contra se iniciaron por la presunta comisión de delitos contra la administración pública originada en el cambio de depositarios de bienes que estaban en poder de la DNE, producto de embargos y secuestros ordenados en procesos de extinción de dominio.

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La Fiscalía, después de recaudar diferentes pruebas, consideró que el señor Sáchica Méndez firmó el acta en donde se designó irregularmente a la empresa Petroquality como depositaria provisional de los bienes de la familia Alvarado Rico, que estaban bajo el poder de la DNE”, dice el documento.

El 24 de enero de 2022, el Juez Cuarto Penal de Bogotá con Función de Conocimiento emitió la sentencia condenatoria en la audiencia de lectura de fallo. En esa providencia, el juez de conocimiento mantuvo la respectiva condena. Además, expidió una orden de captura en contra del exmagistrado, sin condicionar la orden de privación de la libertad a que la sentencia estuviera ejecutoriada.

El 11 de febrero de 2022, el señor Luis Fernando Sáchica Méndez presentó una acción de tutela contra la sentencia condenatoria, proferida por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento, al estimar que esa autoridad judicial vulneró sus derechos a la libertad personal y al debido proceso. El exmagistrado argumentó que el juzgado ordenó la privación de su libertad en la providencia escrita, a pesar de que en la audiencia de lectura del fallo estimó que la restricción de su libertad no era procedente ni necesaria.

El caso llegó vía tutela a la Corte, que le dio la razón.

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