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La Procuraduría suspende nueve años a exgobernador encargado de Nariño

El ente de control notificó al servidor público por un proceso del año 2017

Conectividad a internet / Colprensa

Pasto-Nariño

La Entidad indicó que Édgar Roberto Mora Gómez actual director del IGAG en Nariño, firmó un contrato que no cumplía los requerimientos exigidos por la ley, el funcionario fue nombrado como gobernador ad hoc para varios procesos en el periodo del hoy Embajador de Colombia en Buenos Aires Camilo Romero Galeano (2016 – 2019)

El nombramiento en su momento para el actual director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en Nariño se dio por la necesidad de adelantar procesos de contratación en el municipio de Ipiales, debido a que el alcalde del municipio fronterizo era Ricardo Romero Sánchez, padre del gobernador de la época Camilo Romero Galeano

Camilo Romero Galeano - Ricardo Romero Sánchez. Foto: Alcaldía de Ipiales

La Procuraduría General de la Nación sancionó en primera instancia, anunció la destitución e inhabilidad general de nueve años para ocupar cargos públicos a Mora Gómez, por firmar un contrato interadministrativo para la prestación del servicio de conectividad a Internet para los establecimientos educativos de 61 municipios no certificados de Nariño, con una empresa que no acreditó la experiencia técnica exigida en los estudios previos.

Édgar Roberto Mora G. gobernador ad hoc Nariño (2016 - 2017)

La Delegada Disciplinaria de Juzgamiento sostuvo que el exmandatario encargado desconoció la normativa contractual al celebrar el contrato interadministrativo con la firma UNIMOS S.A. E.S.P. de Ipiales, compañía que carecía de la idoneidad y capacidad requerida, lo que motivó la subcontratación para ejecutar el objeto del negocio jurídico principal con una empresa cercana al exgerente de la entidad pública de Ipiales.

La entidad señaló que, en su calidad de ordenador del gasto, Mora Gómez transgredió el principio de responsabilidad estatal para garantizar la selección objetiva que rige la contratación estatal, por lo que calificó su falta como gravísima a título de culpa gravísima.

En el expediente el Ministerio Público incluyó al exgerente de la empresa municipal de telecomunicaciones de Ipiales UNIMOS S.A. E.S.P. (2016 – 2017), Jaime Andrés Oliva Ortega, a quien sancionó con 10 meses de suspensión, por no haber acreditar los requisitos exigidos en los estudios previos para acceder a dicho contrato y quien estaría relacionado al parecer directamente con la firma subcontratista tras denuncias en la Asamblea de Nariño durante el periodo 2016-2019.

Jaime Andrés Oliva. Foto: Archivo particular

Asimismo, le reprochó no haber seguido los lineamientos previstos por el Ministerio de Educación Nacional para garantizar la correcta prestación del servicio de internet a los beneficiarios, por lo que calificó su conducta como falta grave. En ambos casos el fallo puede ser apelado ante la sala ordinaria disciplinaria de juzgamiento.