Corte Constitucional estudia licencia de maternidad a personas no binarias y hombres trans
La Procuraduría envió un concepto pidiendo acobijar a las mujeres, como a las demás personas con capacidad de gestación, como los hombres trans y los individuos de género no binario.
La Corte Constitucional estudia una demanda que exige incluir a las personas no binarias y hombres trans en los artículos de la ley 100 de 1993, por el cual se crea el sistema de seguridad social integral, para que sean tenidos en cuenta en las licencias de maternidad.
Mientras tanto en un concepto enviado a la Corte Constitucional, la procuradora señaló que la norma, se hizo sobre un modelo de familia tradicional, que puede derivar en escenarios de discriminación.
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Sostuvo que el lenguaje de la norma solo ampara a las personas que se identifican como mujeres, excluyendo a los hombres trans, cuyo sexo asignado al nacer es femenino pero su identidad de género es masculina; y a los individuos de género no binario, que son aquellos que no se identifican única o completamente como mujeres o como hombres. Y precisó que esa exclusión desconoce el deber impuesto al Congreso de la República de garantizar el derecho a la seguridad social a todos los habitantes del territorio nacional, así como otorgarles especial asistencia y protección del Estado a las personas después del parto, sin ninguna discriminación por razones de género.
Para la procuradora general “no hay duda de que el lenguaje utilizado en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo restringe el acceso a los beneficios de la seguridad social de los individuos con capacidad de gestación que no se identifican como mujeres, incurriendo en una discriminación por razones de sexo que vulnera el principio de igualdad contenido en nuestra Constitución”, puntualizó en su concepto.
Por otra parte, el Gobierno Nacional, en vocería de la vicepresidencia, el Ministerio de Salud y el Ministerio Hacienda también apoya incluir a todas las personas gestantes.