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Masacre de Mapiripán: JEP confirma rechazo a recusación del general Uscátegui

En decisión de segunda instancia mantuvieron dentro del caso a los magistrados que han sido acusados por el general de haber “tomado partido” antes de la revisión que se adelantará a su condena.

Jaime Humberto Uscátegui, general retirado del Ejército | Foto: Colprensa

Jaime Humberto Uscátegui, general retirado del Ejército | Foto: Colprensa

La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dejó el firme el rechazo a la recusación que interpuso el general (r) Jaime Humberto Uscátegui contra los magistrados Claudia López, Adolfo Murillo y Gloria Amparo Rodríguez que integran la Sección de Revisión al acusarlos de ya “haber tomado partido” en su caso.

En contexto:

Lo anterior, en el marco del proceso de revisión que adelanta la Sección de Revisión a la condena que pesa sobre el general por la masacre de Mapiripán en 1997 en la que paramilitares provenientes de Urabá arribaron a esa población en el Meta y donde fue sentenciado por facilitar la actuación de las AUC.

Para los jueces de segunda instancia, la participación de los magistrados en la decisión que inicialmente había rechazado revisar la sentencia del general no configura un prejuzgamiento ni una “toma de partido”. Al contrario, indicaron que en dicha determinación solamente se mencionaron las conclusiones a las que había llegado la Corte Suprema y no la misma JEP; y si participaron en la discusión tuvieron que hacerlo porque es su función como jueces.

“La participación de las magistradas y magistrados de la Sección de Revisión que participaron en el trámite de la solicitud de revisión promovida por el BG(r) USCÁTEGUI RAMÍREZ lo hicieron en cumplimiento de su misión funcional, lo que, preliminarmente, permite descartar la configuración de la causal de recusación alegada por el apoderado” indicó la JEP.

Adicionalmente recordaron que, al momento de recibir solicitudes de revisión de condenas, la Sección al pronunciarse frente a ellas no emite un veredicto que contenga una postura jurídica construida por los magistrados, sino que realiza un estudio de los expedientes y las pruebas recaudadas por otros juzgados, tribunales y/o la Corte Suprema para proferir una decisión.

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