Judicial

Abren investigación al magistrado Jorge Eliécer Mola por el fallo de tutelas irregulares

El magistrado Jorge Eliécer Mola también ha sido relacionado con presuntas irregularidades de un pleito de la familia Acosta Bendek, que se disputa la Fundación, la Universidad Metropolitana y el Hospital Metropolitano de Barranquilla.

Abren investigación al magistrado Jorge Eliécer Mola por el fallo de tutelas irregulares

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, con ponencia del Magistrado Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo, ordenó la apertura de una nueva investigación disciplinaria en contra del magistrado Jorge Eliécer Mola Capera y el conjuez de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, Teodoro Antonio Deyongh Salcedo por fallar tutelas de forma irregular, cuando no se cumplía con los requisitos esenciales.

Recordemos que, el magistrado del tribunal Jorge Eliécer Mola ha estado vinculado con un pleito judicial entre miembros de la familia Acosta Bendek, que se disputa la Fundación, la Universidad Metropolitana y el Hospital Metropolitano de Barranquilla.

La Comisión también ordenó la práctica de pruebas en las que solicita las constancias de tiempo de servicio, actas de nombramiento, actos de posesión y certificado de salarios devengados para el año 2021, además de verificar si en la actualidad cursa algún otro proceso por los mismos hechos, teniendo en cuenta que al magistrado se le investiga por más de 120 tutelas que presuntamente habría fallado de forma irregular.

En este caso, señaló la Comisión de Disciplina judicial que la sentencia de tutela de segunda instancia proferida el 17 de septiembre de 2021, con ponencia del magistrado Jorge Eliécer Mola Capera, en sala con el conjuez Teodoro Antonio Deyongh Salcedo, no cumplía: “con los requisitos de legitimación por activa y subsidiariedad, desde la óptica de las accionantes, de la persona jurídica y de los usuarios», dice la Comisión, por lo que dispuso la apertura de investigación y los jueces fueron llamados a versión libre.

En este punto, dice la Corte que es importante recordar que la acción de tutela no puede ser instrumentalizada con fines diferentes a la protección de derechos fundamentales, lo que excluye la posibilidad de plantear discusiones ajenas a este objetivo.

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