Sura rechaza demanda de Gilinski: “buscan bloquear derecho al voto”
Tras la demanda presentada por Gilinski con la que podría ejercer el control de Nutresa, Sura aseguró que “esa estrategia litigiosa bloquea un derecho esencial”.
Grupo Sura anunció que fue notificada de una demanda presentada ante la Superintendencia de Sociedades por parte de Campbelltown S. de R.L, entidad representada legalmente por Jaime Gilinski.
Según la demandante, los representantes legales de Grupo Sura se encontraban en supuestos conflictos de intereses para elegir los miembros de la junta directiva de Grupo Nutresa, durante la asamblea celebrada en julio de 2022.
La demandante solicitó, entre otras medidas cautelares, restringir el voto de Grupo Sura en futuras decisiones relacionadas con la junta directiva de Grupo Nutresa.
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“Estas medidas cautelares no han sido decretadas, por lo tanto, los representantes legales de Grupo SURA sí pueden votar en reuniones de asamblea general de accionistas de Grupo Nutresa”, aseguró la entidad.
Recordemos que esa medida solicitada, que impide que Grupo Sura vote en la elección de la junta directiva de Nutresa, tendría como efecto permitirle a Jaime Gilinski, como beneficiario real de Campbelltown S. de R.L y Nugil, nombrar la mayoría de miembros de la junta directiva y, “por esta vía, ejercer el control sobre Grupo Nutresa S.A. y de dos de los grupos empresariales más relevantes del país, teniendo solo aproximadamente el 31% de participación accionaria en dicha sociedad”.
Al respecto, Sura dice que no se configura ninguno de los supuestos conflictos ni existe circunstancia que justifique la medida cautelar solicitada y que hará uso de las acciones legales pertinentes para salvaguardar su derecho de voto en la asamblea general de accionistas de Nutresa, en beneficio de Sura y todos sus accionistas.
De este modo, el holding financiero aseguró que “rechaza que se pretenda con una estrategia litigiosa bloquear un derecho esencial como es su derecho al voto en una de sus inversiones estratégicas, un derecho que ha ejercido con total responsabilidad y transparencia por más de 40 años en función del interés general de la Compañía y del ciento por ciento de sus accionistas, lo que incluye fondos de pensiones donde tiene su ahorro millones de trabajadores colombianos”.