Un grupo de <b>abogados que se dedican a la impugnación</b> de foto multas denuncian que la <b>Secretaría de Movilidad</b> estaría expidiendo resoluciones automáticas para evitar que los ciudadanos adelanten el proceso de impugnación de foto multas. Esto no solo es grave porque se estaría <b>vulnerando el derecho a la defensa si no también podría configurarse un delito.</b>“Esta es una situación completamente atípica y <b>absolutamente exótica</b> que se está presentando en la Secretaría de Movilidad”, aseguró el abogado Manuel Gnecco. <b>Según el relato de los abogados</b>, al presentarse a las audiencias se le explica al conductor que deben revocar una resolución automática que ya le han impuesto antes del<b> inicio de la audiencia.</b>“Es decir, la autoridad de tránsito ya ha sancionado y <b>condenado al ciudadano</b>, sin permitirle ningún tipo de defensa y sin haber oído la versión de los hechos, sin haberle dado la<b> oportunidad de que presente pruebas”.</b>Esta resolución “express” busca acelerar los tiempos con los cuales cuenta la <b>secretaría para hacer efectiva la multa</b>, pero “despojando de plano cualquier derecho o garantía fundamental que le asista al ciudadano”.W Radio contactó a la<b> Secretaría de Movilidad</b> quienes aseguraron que esta situación se presenta en los casos en donde el ciudadano “no ejerció las facultades previstas mencionadas en el artículo 136 (realizar el <b>curso pedagógico y pagar con los descuentos del 25% y 50%</b> del valor total de la multa, o impugnar para controvertir la orden de comparendo impuesta) después del día 30 y en audiencia pública, informará que seguirá el proceso contravencional y de acuerdo a las pruebas en contra del presunto infractor, decidirá si exonera o lo<b> declara responsable por no respetar las normas de tránsito”</b>.Sin embargo, el abogado Gnecco asegura que en los casos que ha conocido, no se ha incumplido el plazo establecido por la ley. “La norma le da al <b>ciudadano 11 días después de notificada</b> la foto multa para que la pague o se presente ante la autoridad de tránsito y manifieste las razones de su inconformidad”.“Antes del cumplimiento de los 11 días, ya la <b>autoridad de tránsito ha expedido una resolución</b> o acto administrativo donde lo han condenado y <b>ha fallado en su contra sin haberlo oído</b>”.Ante la evidente arbitrariedad, el abogado recomienda pedir la copia de esa resolución y “al menos<b> presentar una queja disciplinaria </b>en contra de los funcionarios que fallaron en su contra (...) Lo que está haciendo la Secretaría es saltarse los <b>tiempos y parámetros</b>”.Escuche la entrevista completa: