Ciudades

Compulsan copias contra abogado de InfiManizales, por caso Línea 3 del Cable Aéreo

Según el juzgado, el profesional del Derecho, hizo “una afirmación totalmente irrespetuosa y despectiva pues, de un lado, la decisión tomada por la juez se basó en la escasa actividad probatoria desplegada por las accionadas en punto a la gestión predial -única motivación de la medida cautelar”.

Crédito: W Radio.

Crédito: W Radio.

Manizales

El gerente de InfiManizales, Alejandro Arango aclaró varias dudas frente al inicio de obras de la Línea 3 del Cable Aéreo y el fallo del Juzgado Segundo Administrativo de Manizales frente a las medidas cautelares levantadas recientemente, además sobre la compulsa de copias del mencionado despacho en contra de un abogado de la entidad por posibles conductas disciplinarias al haberse referido a este tema, al respecto explicó:

“Desde InfiManizales y la administración municipal no nos hemos detenido en el avance de la gestión predial como responsabilidad que se nos ha acometido en este proyecto.

A partir de las respuestas que le entregamos los accionados y vinculados (…) nos permitió contextualizar como este tipo de sistemas de transportes de cables han funcionado, esto ha dado claridad y ha permitido que la juez nos haya notificado que levanta la medida cautelar.

Se activa de nuevo la obra, el fabricante internacional puede seguir fabricando los elementos electromecánicos, los frentes de obra pueden seguir en su ejercicio, los estudios y diseños pueden culminar, no hemos cesado los ejercicios de avanzar con la gestión predial”, explicó el funcionario.

Sobre la compulsa de copias por parte del juzgado, en contra del abogado de InfiManizales, Camilo Ramírez, esto respondió:

“Camilo Ramírez, es un abogado de Infimanizales, es el apoderado frente este proceso, ayudó a levantar las respuestas que permitió que la juez tomara la decisión final.

Él lo que hizo fue comentarle a la juez las eventuales responsabilidades que ella podría tener respecto a los riesgos y consecuencias que podría tener el proyecto frente a la suspensión y liquidación parcial.

Lo que hace entonces es compulsar copias a este ente disciplinario para que revise la actuación del funcionario de InfiManizales”, indicó.

Los argumentos del despacho para esta compulsa de copias, son las siguientes:

“Antes de tomar la decisión que corresponde, no puede el Despacho pasar por alto las siguientes afirmaciones de los recurrentes:

El apoderado de InfiManizales expresa que “ratificar la decisión de dejar vigente la medida cautelar solo traería consecuencias negativas para el proyecto que, inclusive, podrían ver comprometida, no solo el futuro del proyecto en sí mismo, sino también la responsabilidad del despacho al haber adoptado una decisión que no se compadecía con la realidad del estado actual del Proyecto”.

Es esta una afirmación totalmente irrespetuosa y despectiva pues, de un lado, la decisión tomada por esta funcionaria se basó en la escasa actividad probatoria desplegada por las accionadas en punto a la gestión predial -única motivación de la medida cautelar- hasta la fecha en que se adoptó la misma, y de otro, está pretendiendo el recurrente presionar una decisión favorable amenazando de manera directa a esta Juez, en cuanto a resultar comprometida su responsabilidad.

Pues bien, al Juez se le habla con argumentos soportados en pruebas en el marco de un total respeto por la persona que es y por la dignidad que representa, de modo que presiones y amenazas como las esgrimidas por el apoderado de InfiManizales son absolutamente inaceptables por lo que se compulsará copias de este Auto a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Caldas para que investigue la posible conducta disciplinaria en la que pudo haber incurrido el abogado Camilo Ramírez Salazar, con cédula No. 1.036.643.941 y tarjeta profesional No. 292.077 del Consejo Superior de la Judicatura.

También se dijo por una de las recurrentes que el Despacho no se puede dejar contaminar por la opinión pública, afirmación totalmente irresponsable frente a una providencia en la que se citaron sus fundamentos de hecho y de derecho, y se motivó con las pruebas hasta ese momento obrantes en el expediente, pero en parte alguna hizo esta funcionaria alguna aseveración basada en hechos no probados en el cartulario. Retomando la exposición en el asunto que convoca, habiéndose probado en el trámite del recurso de reposición la aplicación real de los mecanismos legales pertinentes para la adquisición de los predios necesarios para ejecutar la construcción del cable línea 3, el juzgado”, puntualizaron.

Le puede interesar: Robaron a dos personas y luego prendieron fuego a la casa en Caldas

Le puede interesar: Futuro de Asmet Salud en Caldas se conocerá en marzo por fallas en sus servicios

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad