JEP niega libertad a exagente del DAS que trabajaba con alias ‘El Zarco’
Los magistrados calificaron como no extraordinarios los aportes a la verdad realizados por el exdetective, quien asumió responsabilidad por la legalización de operaciones irregulares.
Alias ‘El Zarco’ y exagente del DAS, Jhon Jairo Díaz. Foto: Cortesía JEP.
La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó conceder libertad condicionada al exagente del DAS, Jhon Jairo Díaz, quien trabajaba para el Batallón Jaime Rooke en el Tolima y participó en operaciones ilegales donde también se vio involucrado Luis Jhon Castro ‘El Zarco’.
Lo anterior, luego de evaluar la petición del abogado del compareciente quien indicó que en la audiencia rendida en 2021, revelada por La W, había realizado aportes “extraordinarios” entre ellos admitiendo su responsabilidad y dando información sobre otros involucrados de distintos rangos en “falsos positivos”.
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Para los magistrados, al estudiar la solicitud no encontraron nada de “extraordinario” en lo aportado por el exdetective (señalando que esa información ya estaba dentro del proceso adelantado por la justicia ordinaria) por ejemplo en los hechos que comprometen a ‘El Zarco’.
“Se centró en la descripción de la forma en que se hizo uso de la fuente humana para adelantar los trámites necesarios para el pago de la recompensa por valor de $10.000.000, que en realidad se le pagó al señor Luis John Castro Ramírez exintegrante del ELN y quien reclutó a las víctimas mortales de los hechos, desde la ciudad de Cali. Esta información igualmente fue puesta de presente por el delegado fiscal en el escrito de acusación y sustentada entre otros elementos de prueba con el interrogatorio del propio Castro Ramírez”, indica la determinación.
De hecho, para los magistrados, en distintas afirmaciones el exdetective no pasó del plano retórico y además no entregó pruebas que sustentaran sus acusaciones: “el aporte de verdad efectuado por el señor John Jairo Díaz Garzón no superó el umbral de lo ya esclarecido en el marco del proceso penal que se adelantaba en el Juzgado Primero del Circuito Especializado de Ibagué”, afirmaron.
También señalaron que no ha cumplido con los cinco años mínimo privado de la libertad que exige la ley para comparecientes de la Fuerza Pública.
Además, tras analizar la comparecencia de Díaz y evaluar que el exagente actuó en el marco de una alianza criminal entre los uniformados del Ejército y funcionarios del DAS, confirmaron que su actuación no se circunscribe a la de un agente de estado no integrante de la Fuerza Pública, sino al contrario, miembro de facto.
“...se logra evidenciar la alianza que existió entre ambas instituciones del Estado, alianza que permitió el desarrollo de algunas operaciones militares con participación determinante del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS y sus agentes, como el entonces detective Díaz Garzón”, señala el documento conocido por W Radio.
Finalmente, determinaron que dada su nueva condición de agente de facto de la Fuerza Pública y que no ha cumplido con mínimo cinco años de prisión, sea enviado a un centro de reclusión militar cercano a su familia. También las víctimas y la Procuraduría tendrán diez días para valorar los aportes de verdad de Díaz Garzón.
Rafael Alberto Aristizábal
Periodista con 6 años de experiencia en el cubrimiento...Periodista con 6 años de experiencia en el cubrimiento de justicia ordinaria, justicia transicional, Procuraduría y Altas Cortes. Actual Editor Judicial de W Radio desde 2025.