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Caso Triple A: llega nueva denuncia a la Contraloría con explosivas pruebas

Una denuncia que llegó al ente de control señala que solo se exigió como garantía de cumplimiento del pago la pignoración de las acciones compradas. Asegura que habría detrimento patrimonial, por lo que puede estar comprometida la responsabilidad fiscal de varios funcionarios.

Triple A, imagen de referencia. Foto: Triple A

Triple A, imagen de referencia. Foto: Triple A

La W conoció en primicia una denuncia que llegó a la Contraloría contra el expresidente de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), Andrés Ávila, y el alcalde de Barranquilla, Jaime Pumarejo, por el caso de la venta de la Triple A en la que argumenta que por sus actuaciones cometieron irregularidades por lo que puede estar comprometida su responsabilidad fiscal por un presunto detrimento patrimonial

Entre los argumentos señala que lograron que solo se exigiera como garantía de cumplimiento del pago la pignoración de las acciones compradas y a favor de la SAE, es decir que las acciones fueran la garantía, lo que para el denunciante resulta insuficiente pues Alumbrado Público de Barranquilla no tiene una capacidad suficiente para garantizar el monto de la contratación efectuada de venta de las acciones.

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La garantía de pignoración pactada no cubre en forma técnica y adecuada los riesgos de incumplimiento contractual y ata dicha garantía a los resultados del negocio que ejecuta Triple A SA ESP. En caso que Triple A presente situaciones económicas contingentes y no contempladas en ningún estudio o análisis de riesgo , el valor accionario podría verse afectado y de igual forma la garantía pactada , lo cual exigía el establecimiento de otro tipo de garantías adicionales como pólizas de cumplimiento a favor de la SAE SAS , lo cual no se pactó”, señala la denuncia.

Y es que recordemos que en el contrato de fecha diciembre 3 de 2021, las partes acordaron establecer una forma de pago de la siguiente manera:

  • Precio de venta: $565 mil millones de pesos
  • Forma de pago: -50% al 31 de diciembre de 2022 y -50% en seis años.

Sumado a esto, está el posible bajo precio en el que se vendió la empresa y que haya sido mediante venta directa, que en “este caso no era aplicable” e impidió la competencia entre posibles compradores.

“En el presente caso la violación de las normas contenidas en la ley 80 de 1993 y el Código de Extinción de Dominio otorgó una ventaja ilícita en el mercado a la sociedad de economía mixta Alumbrado Público de Barranquilla SAS y a sus socios, El Distrito de Barranquilla y la sociedad privada Barranquilla Capital de Luz SAS ,al impedir el ingreso de competidores a un proceso de selección objetiva como lo es la subasta pública, resultando además que dicha ventaja resultó significativa porque al emplear el mecanismo de venta directa impidieron voluntariamente, la participación de pluralidad de oferentes al mantener secreto el contrato y su proceso de estructuración, secreto acordado contractualmente lo que evidencia el carácter bilateral de la ilícita decisión”, se lee en la denuncia.

Por tanto le dice a la Contraloría que se debe declarar la nulidad absoluta del contrato de compraventa.

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