Economía

Impuestos 2023: DIAN dio a conocer los plazos para hacer la declaración y el pago

La entidad reveló el calendario tributario para el 2023, el cual iniciará a partir del 7 febrero.

Calendario tributario, imagen de referencia. Foto: Getty Images

Calendario tributario, imagen de referencia. Foto: Getty Images / Witsarut Sakorn / EyeEm

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dio a conocer el calendario tributario para el año 2023. Tras la expedición del Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022 por el Gobierno Nacional, se definieron los plazos que tendrán los grandes contribuyentes, en su personería jurídica o natural, según corresponda.

Vale la pena precisar que el decreto anteriormente mencionado “no contempla los plazos y modificaciones introducidas por la Ley 2277″, es decir, la Reforma Tributaria aprobada el año pasado.

Es indispensable que tenga en cuenta las fechas y plazos para no incurrir en multas, sanciones o en delitos. Recuerde que la evasión de impuestos es uno de los grandes motivos, según la entidad y el Ministerio de Hacienda, para la desestabilización fiscal del país.

La DIAN reveló algunas de las obligaciones tributarias de mayor interés entre las personas jurídicas y naturales, que se mencionan a continuación:

Impuesto sobre la Renta: (Grandes Contribuyentes)

Etas personas naturales o jurídicas deberán declarar y pagar este impuesto sobre el año gravable 2022 en 3 cuotas teniendo en cuenta el último dígito del NIT:

  • Pago primera cuota: Entre el 7 y el 20 de febrero de 2023.
  • Presentación de declaración y pago segunda cuota: Entre el 10 y el 21 de abril de 2023.
  • Pago tercera cuota: Entre el 7 y el 22 de junio de 2023.

Entidades financieras, que son obligadas a tributar una sobretasa, tienen dos plazos para subsanar este impuesto:

  • Pago primera cuota 50%: Entre el 10 y el 21 de abril de 2023.
  • Pago segunda cuota 50%: Entre el 7 y el 22 de junio de 2023.

Le puede interesar

Impuesto sobre la Renta: Personas jurídicas (empresas y sociedades)

Empresas o sociedades que no están catalogadas como “grandes contribuyentes”.

  • Presentación de declaración y pago de primera cuota: Del 10 de abril al 8 de mayo de 2023, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.
  • Pago segunda cuota: Del 7 al 21 de julio de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

Impuesto sobre la renta: (Personas naturales)

La declaración y el pago de este impuesto para personas naturales y sucesiones ilíquidas se deberá realizar a una cuota entre el 9 de agosto y el 19 de octubre.

Declaración Anual de activos en el exterior

Esta obligación tributaria únicamente se aplica para las personas jurídicas o naturales que al 1 de enero de 2023 fueron poseedores de activos en el exterior por un valor superior a los $84.824.000.

  • Grandes Contribuyentes: De acuerdo con el último dígito del NIT, entre el 10 y el 21 de abril de 2023.
  • Personas jurídicas: De acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 10 de abril y el 8 de mayo de 2023.
  • Personas naturales: De acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023.

Los plazos para declaración y pago de otros impuestos como: Retención en la fuente, Impuesto Nacional al Consumo, el IVA, Obras por impuestos y el impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM los puede consultar en ESTE ENLACE.

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