JEP rechaza definitivamente al exalcalde Ramiro Suárez Corzo
El tribunal negó en segunda y última instancia un recurso legal final al que acudió el exmandatario cucuteño: una acción de tutela pidiendo que se revisara de nuevo su solicitud de sometimiento o se le diera una audiencia final.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó en segunda y última instancia una tutela interpuesta por la defensa del exalcalde Ramiro Suárez Corzo, con la cual pedía que se revisara de nuevo su solicitud de sometimiento o se le citara a una audiencia única de aporte a la verdad.
Lo anterior, asegurando que en la decisión que lo rechazó de fondo, no se tuvo en cuenta un documento que entregó a los magistrados el cual contenía nuevos aportes a la verdad que ofreció a la jurisdicción entre ellos supuestos vínculos del embajador en Paraguay Juan Manuel Corzo, con Autodefensas.
Al contrario de lo argumentado por Suárez Corzo, los magistrados resolvieron negar la tutela concluyendo que el escrito que presentó fue extemporáneo de cara a la segunda instancia (se presentó mucho después del recurso de apelación), donde se evaluó el plan de aporte a la verdad que en varias ocasiones (al menos 4) previas, se le había pedido que ajustara, y a juicio de la Sección no lo hizo.
“...asuntos como el de la referencia implican un desgaste grave de la administración de justicia transicional en tanto el accionante tuvo varias oportunidades para realizar un verdadero plan de compromiso que satisficiera los intereses de las víctimas, de la jurisdicción y de él mismo. Sin embargo, no fueron atendidos los plazos perentorios ni tomado en serio un programa de aporte a la verdad” sentenciaron los magistrados.
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De hecho, la jurisdicción consideró insuficientes los aportes a la verdad realizados por Ramiro Suárez Corzo y aprovechó el fallo para hacer un duro llamado a los terceros civiles (políticos, empresarios, etc.) que se someten voluntariamente a la jurisdicción, indicando que no pueden llegar a entregar verdades “a cuenta gotas” y menos cuando llegan en el estatus de condenados.
“...resultan inaceptables prácticas encaminadas a realizar aportes a verdad mínimos e incompletos, a “cuenta gotas”, de memoria selectiva, con la esperanza de que la JEP no advierta tales omisiones, y puedan recibir beneficios penales a cambio de menciones de responsabilidades abstractas o incluso exculpatorias” expresa el documento.
Finalmente, los magistrados ordenaron a la Subdirección de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Ejecutiva de la JEP que inicie las investigaciones internas para determinar qué pasó con el “extravío” del documento entregado por Suárez Corzo, en el cual hacía graves acusaciones también contra el exgobernador Luis Miguel Morelli por presunto paramilitarismo.