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Contraloría alerta por pérdida de 44.583 millones para universidades públicas

El ente de control señaló que algunos agentes retenedores no efectuaron la retención de manera oportuna y en consecuencia no se adelantaron acciones de fiscalización y cobro.

Imagen de referencia de estudiante. / Klaus Vedfelt

La Contraloría General de la República encontró un daño patrimonial de 44.583 millones de pesos por las deficiencias en el cobro de estampilla “ProUniversidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia”, que es una contribución parafiscal con destinación específica para el fortalecimiento de las 32 universidades públicas.

Es decir, se habrían perdido esos recursos que iban destinados a las universidades públicas.

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El ente de control evidenció que “algunos agentes retenedores no efectuaron la retención de manera oportuna y en consecuencia no se adelantaron acciones de fiscalización y cobro”. Estos agentes, dice la entidad, aplicaron la tarifa de manera errada sin que el Ministerio ejerciera la oportuna verificación de las sumas dejadas de recaudar.

A ello agregó que “se estableció pérdida de recursos por el reconocimiento de intereses moratorios por parte de algunos agentes retenedores, al haber liquidado y cancelado la retención por concepto de estampilla, después de vencido el término para trasladar los recursos al Fondo de la Universidades Estatales”.

Es decir, la entidad concluye que en cuanto a la gestión del proceso de administración, fiscalización y cobranzas de la contribución de la estampilla, con corte a 30 de junio de 2022, se evidenciaron deficiencias en la supervisión y fiscalización del recaudo de la contribución, así como una inoportuna verificación por parte del Ministerio de Educación Nacional de las tarifas aplicadas por los agentes retenedores y debilidades en los procesos de fiscalización por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Hay que resaltar que para llevar a cabo el proceso de fiscalización, la DIAN cuenta con un periodo de cinco años, contados a partir de la fecha en que el agente retenedor tenía que cumplir con la obligación de trasladar los recursos al Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia.

El inicio de ese proceso depende de los insumos que la DIAN recibe del Ministerio de Educación Nacional en su rol de administrador, por lo anterior, dicho periodo se encuentra limitado, toda vez que el Ministerio comunica al sujeto activo de la obligación tributaria, es decir la DIAN, información sobre obligaciones pasados incluso tres años.