Tribunal confirmó absolución de empresarios por caso Corelca
El fallo de segunda instancia confirmó la decisión que un juez de conocimiento en este año los había declarado inocentes.
El Tribunal Superior de Bogotá confirmó en un fallo de segunda instancia la absolución de los empresarios Jorge Augusto Dávila Palacios y Honorato Galvis Panqueva, quienes fueron investigados por supuestos hechos de corrupción cometidos en la extinta Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica – Corelca.
El Tribunal confirmó en la mañana de este miércoles, el fallo del juzgado cuarto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá que, en sentencia proferida el 18 de abril de este año declaró inocentes a los investigados por el delito de falsedad ideológica en documento público agravado.
Cabe recordar que, en su momento se avaló la solicitud de preclusión por prescripción elevada por la Fiscalía, respecto de los delitos de prevaricato por acción, cohecho por dar u ofrecer y uso de documento público falso.
El juez de primera instancia señaló en su decisión que, “se evidenció error en fijar los hechos jurídicamente relevantes, el conocimiento de los cargos acusados y en el descubrimiento probatorio, lo cual derivó en la deformación del tema de prueba, parálisis del trámite y extensa duración del proceso, que determinó la prescripción sobre algunos delitos”.
También agregó en su momento que, “la Fiscalía nunca comentó si los dos procesados realizaron la misma conducta, o si fueron distintas o complementarias, aspecto relevante cuando se habla de pluralidad de sujetos activos, conforme la jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia”.
En ese sentido, el alto tribunal concluyó que los empresarios son inocentes de la acusación que en el pasado hizo la Fiscalía, sobre la falsificación de documentos para apropiarse de terrenos que serían para 63 familias que se vieron afectadas por la ampliación de las redes eléctricas.
Los hechos se presentaron en 1998 cuando Corelca amplió sus redes eléctricas en zona rural del municipio de Mompox y en otras zonas de Bolívar.
W Radio conoció el fallo en el que el Tribunal Superior de Bogotá, coincide con el juez de primera instancia en el que advierte que la Fiscalía General de la Nación se equivocó.
“Se comparte lo enunciado por el Juzgado de primera instancia referente al yerro en que incurrió la Fiscalía General de la Nación al momento de comunicar la base factual que le censuraría a Jorge Augusto y Honorato tesis que significa la obligación de mantener la sentencia de naturaleza absolutoria”.
Del mismo modo, la magistrada ponente Susana Quiroz Hernández, de la Sala de Decisión Penal del Tribunal determinó que, hubo varias fallas cometidas por el ente acusador en medio del juicio, la Fiscalía General de la Nación tuvo ostensibles falencias en el curso del juicio oral, inconvenientes que, como lo señaló la primera instancia, radicaron en el desconocimiento del tema de prueba y de aspectos básicos como el desarrollo del testimonio directo, las objeciones, el uso de versiones previas para refrescar memoria e impugnar credibilidad y la incorporación de documentos”.
Debido a ello, determinó confirmar la sentencia de primera instancia y absolver a los procesados por estos hechos.
“Consecuente con lo referido hasta este punto, se encuentra que la determinación del Juzgado de primera instancia fue correcta, no solo porque desde el principio devenía imposible materializar una decisión condenatoria que violentaría las garantías de los procesados, sino también porque las pruebas practicadas en el juicio no son suficientes para llevar a la judicatura a un convencimiento más allá de cualquier duda razonable respecto de la responsabilidad penal de HONORATO GALVIS PANQUEVA y JORGE AUGUSTO DÁVILA PALACIOS como determinadores de una falsedad ideológica en documento público, agravada por el uso”.