Primera demanda en la Corte en contra de libertad a Primera Línea
La demanda argumenta que va en contravía del hilo constitucional porque se le otorga facultad al presidente de la República de elegir quiénes serán los voceros de un eventual acuerdo de paz
A la Corte Constitucional llegó la primera demanda en contra de que los jóvenes de la Primera Línea sean gestores de paz. La demanda en contra del artículo 5 de la Ley de Paz Total alega que la decisión debería quedar en manos de los jueces y no del presidente Gustavo Petro.
El artículo 5 de la Ley de Paz Total dice que se admitirá como voceros a integrantes de organizaciones sociales y humanitarias: “a quienes el presidente de la República considere puedan aportar al proceso de paz, a la conflictividad social, y se encuentren en privación de libertad”.
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Ahora lo que alega la demanda que acaba de ser radicada en la Corte Constitucional, es que va en contravía del hilo constitucional porque se le otorga facultad al presidente de la República de elegir quiénes serán los voceros de un eventual acuerdo de paz con grupos al margen de la ley, si estos han tenido labores sociales o humanitarias. Sin importar si dichas personas están encarceladas o no, ya que en esta misma ley en su parágrafo 2, también le da la facultad al Gobierno de retirar órdenes de captura a las personas que hagan parte de eventuales acuerdos de paz.
Por lo que el demandante dice que así se está violando el orden constitucional de la separación de poderes, el debido proceso, la igualdad ante la justicia teniendo en cuenta qué esta función de retiro de órdenes de captura de las personas que presuntamente hayan cometido algún delito, es del resorte de la rama judicial encabezada por algún juez de la República y el ente investigativo.
También alega que en el Congreso la Ley 2272 del 2022 fue aprobada sin que previamente hubiera un concepto aprobado por el Consejo Superior de la Política Criminal.
De hecho, en el decreto presidencial no está esclarecido si la Comisión Intersectorial para la promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación ciudadana, tendrá un integrante de la rama judicial y si la última palabra será de los jueces o de la comisión.