Economía

Empresas pueden acogerse a la insolvencia exprés durante un año más

Estos mecanismos, que se crearon en medio de la pandemia, se extenderán para facilitar la reorganización de las pequeñas y medianas empresas o para una liquidación rápida.

Billy Escobar Pérez. Foto: (Colprensa - Camila Díaz)

La Superintendencia de Sociedades anunció que durante el 2023 las micro y pequeñas empresas se podrán acoger a un régimen de insolvencia flexible para la reorganización ágil y efectiva de las empresas viables o una liquidación rápida en caso de no ser viables, “para que recirculen los activos en la economía, generando una mayor dinámica económica y de crecimiento”.

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“Con el apoyo de diferentes entidades como el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la DIAN, ponentes del Congreso y congresistas que participaron activamente en la reforma, gestionamos la prórroga de los decretos. Los mecanismos que se crearon en su momento han tenido un gran impacto en los procesos de insolvencia tramitados ante la Entidad, con el objeto de salvar empresas. Ahora bien, el reto de cara al año 2023 es lograr que estos mecanismos se mantengan de manera permanente y se actualice el régimen de insolvencia ante el Congreso de la República”, señaló el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez.

Las medidas especiales en materia de insolvencia son:

  • Procesos Extrajudiciales de Reorganización para dar una solución pronta y efectiva de la crisis de la empresa: Negociación de Emergencia de un Acuerdo de Reorganización (NEAR) y Procedimiento de Recuperación Empresarial ante las Cámaras de Comercio (PRES).
  • Procesos de insolvencia especiales para micro y pequeñas empresas: reorganización abreviada y liquidación simplificada.
  • Medidas de descongestión judicial.
  • Mecanismos para facilitar la financiación, la aprobación de los acuerdos de reorganización y la protección de la empresa.

Entre tanto, la entidad señaló que de 3.363 solicitudes de admisión entre el 01 de abril de 2020 hasta el 9 de diciembre de 2022, 61.87% (2.081) corresponde a procesos creados con el Decreto Legislativo 772 de 2020 para pequeñas insolvencias, el 22.42% (754) corresponde a los procesos de reorganización y liquidación ordinarios previstos en la Ley 1116 de 2006 y el 15.70% (528) restante a procesos NEAR, trámite creado por el Decreto Legislativo 560 de 2020.