¿Cómo recibir acompañamiento del Distrito en protestas en Bogotá? Le contamos

Una de las obligaciones del Distrito es generar procesos y dinámicas de mediación para la atención de conflictos sociales que tengan lugar en el marco del ejercicio de los derechos en Bogotá.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa

Bogotá

La Dirección de Convivencia y Diago Social de la Secretaría Distrital de Gobierno a través del Decreto 411 de 2016 debe encargarse de generar determinados procesos para atender conflictos que se debatan dentro del ejercicio de los derechos ciudadanos, siendo la protesta social uno de estos, realizando así mismo, acompañamiento a marchas, protestas sociales, entre otras.

En W Radio le contamos cómo solicitar este acompañamiento en caso de organizar alguna manifestación pacífica.

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Hay que tener en cuenta que la Constitución Política de Colombia establece en su artículo 37 que “toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho”.

Con relación a lo anterior, no se requiere de ninguna autorización para poder ejercer este derecho, es decir, no se necesita de un permiso en específico para realizar alguna manifestación pública pacífica, o llevar a cabo algún tipo de protesta social pacífica, pues el Distrito no limita el ejercicio de este derecho, solo la Ley puede establecer los casos en los que sí se pueda limitar.

Sin embargo, sí se puede solicitar el acompañamiento oportuno de las autoridades competentes y el Distrito a la hora de que se vaya a llevar a cabo el ejercicio de este derecho y, según recomiendan las mismas entidades, se debería informar o solicitar con 48 horas de antelación.

¿Cómo hacerlo?

El objetivo de este ‘aviso’ es informar a las autoridades para que a través del equipo de Dirección de Convivencia y Diálogo Social a través del Equipo de Diálogo se haga el acompañamiento a la movilización.

“Informar a la Secretaría Distrital de Gobierno 48 horas antes del desarrollo de las concentraciones, movilizaciones, plantón, o protesta en vías o espacios públicos en el marco normativo de la protesta social. De esta manera la Dirección de Convivencia y Diálogo Social a través del Equipo de Diálogo, realizará el acompañamiento y la articulación interinstitucional con las entidades correspondientes, para garantizar el ejercicio fundamental de protesta”, dice la Secretaría Distrital en su página web.

Así las cosas, los organizadores o quienes convocan la movilización pueden informar de la marcha en el canal virtual de la Secretaría Distrital de Gobierno, o por medio de una carta escrita dirigida a este mismo ente en “el punto de atención presencial Calle 11 No. 8 - 17, Piso 1 de lunes a viernes de 7:00 de la mañana a 4:30 de la tarde indicando la fecha, hora y lugar en los cuales se desarrollará la actividad, así como los recorridos en los que se llevará a cabo la protesta social pacífica”, dicen en su web.

Haga clic aquí para ingresar al canal virtual, e inicie sesión. No necesita clave ni usuario.

Ya registrada la anterior información, recibirá un correo confirmando este registro y deberá diligenciar todos los campos requeridos en el formulario. Aquí el sistema le generará un usuario y contraseña para entrar al registro de la movilización.

Luego “si la movilización es programada con más de 48 horas de anticipación, el usuario recibirá un correo posterior al registro, informando el acompañamiento institucional al desarrollo de la movilización y/o protesta social dependiendo de las actividades que se van a realizar”, citan en su página web.

Finalmente se debe tener en cuenta de disponer de toda la infraestructura necesaria para llevar en buen orden la manifestación pacífica y así mismo, atender las disposiciones del Código Nacional de Policía.

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