CIDH abre caso contra Colombia por más de 20 homicidios paramilitares en Córdoba
El órgano internacional desestimó la solicitud del estado, que además de no reparar económicamente a las familias hace unos años, quería dejar por fuera de la órbita de la Comisión algunos de los homicidios.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) abrió investigación contra el estado colombiano por cuenta de al menos 25 homicidios perpetrados por distintos grupos paramilitares desde el año 1988 hasta el 2004, perpetrados en gran parte por las Autodefensas (AUC) y con sevicia en distintos casos.
El órgano internacional decidió abrir el caso contra la nación por cuenta de la falta de avances en las investigaciones por esos crímenes, donde algunas víctimas fueron asesinadas con 18 o más disparos en su cuerpo, las denuncias nunca han avanzado en los anaqueles de la Fiscalía, y se habría configurado una eventual omisión en el deber de investigar.
“...hasta la fecha la vía penal no habría resultado efectiva para lograr el resultado esperado. En tal sentido, a juicio de la Comisión, no corresponde que dichas personas utilicen recursos adicionales a la denuncia penal, toda vez que el Estado no ha demostrado que existan vías ordinarias no utilizadas que permitan subsanar las violaciones alegadas” concluyó la Comisión Interamericana.
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Por ejemplo, uno de los casos que la Comisión investigará de manera subsidiaria se relaciona con el asesinato del niño Jairo Enrique Caret, ocurrido el 3 de agosto de 1992, cuando desapareció tras salir a hacer un mandado, y su cuerpo fue encontrado en 2006 en una fosa común en la Finca Varsovia en Córdoba, sitio donde los paramilitares habrían dispuesto su cuerpo.
Además, a pesar de los argumentos del estado en referencia a que algunos de los asesinatos se habrían presentado antes de 1985 (año en que Colombia adoptó la convención americana) y por lo cual no tenía competencia, la CIDH respondió duramente y aclaró que al no haberse garantizado los derechos de las víctimas se está ante una violación de derechos humanos continuada.
También desestimaron lo argumentado por el ejecutivo, en referencia a que no se podía establecer una conexidad y un espacio temporal entre los distintos asesinatos, concluyendo que “los hechos alegados se refieren a presuntas violaciones ocurridas en un espacio temporal de veinte años; en un espacio territorial determinado; presumiblemente por las AUC; y bajo un modus operandi común”.