El Tribunal Administrativo de Cundinamarca corrigió la condena <b>contra Corficolombiana, la Rama Judicial y la Nación</b>: ya no<a href="https://www.wradio.com.co/2022/11/11/tribunal-condena-a-la-nacion-y-ordena-pagar-14-billones-de-pesos-a-un-ciudadano/" target="_blank"><b> tendrán que indemnizar con 14 billones de pesos</b></a> a Alejandro González Beltrán, sino con <b>18.300 millones de pesos.</b>La decisión se dio luego de la <a href="https://www.wradio.com.co/2022/11/11/tribunal-revisara-billonaria-condena-contra-rama-judicial-y-corficolombiana/" target="_blank"><b>revisión de la sentencia que anunció en W Radio</b></a> el presidente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, magistrado Rodrigo Mazabel. Esto, luego de los cuestionamientos que hicieron los equipos de abogados tanto de la Corporación Financiera Colombiana como del Consejo Superior de la Judicatura, sobre lo<b> desproporcionada de la sentencia</b>.Según se advierte en el oficio de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo, la cuantificación de la indemnización <b>se debió a un error aritmético</b>:La magistrada ponente finalmente <b>cambió el Resuelve de la sentencia</b>, quedando así:La Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a la Nación, a la Rama Judicial y a la Corporación Financiera Colombiana (Corficolombiana) a <a href="https://www.wradio.com.co/2022/11/11/tribunal-condena-a-la-nacion-y-ordena-pagar-14-billones-de-pesos-a-un-ciudadano/" target="_blank"><b>indemnizar con más de 14 billones de pesos a Alejandro González Beltrán</b></a>, por los daños y perjuicios que se causaron al declararse nulos tres CDT de 1989.La cuantiosa indemnización se relaciona por lo que ocurrió hace 33 años, específicamente el 17 de febrero de 1989, cuando Corfivalle –hoy Corficolombiana– <b>suscribió y expidió a nombre de Alejandro González Beltrán tres CDT</b> por $58′500.000 pesos cada uno, con fecha de exigibilidad 10 años después.A pocos días de cumplirse el plazo establecido, el 12 de febrero de 1999, González Beltrán <b>presentó los títulos valores para cobrar los tres CDT</b>. Sin embargo, Corficolombiana le negó el pago argumentando que los documentos eran falsos y, además, los anuló y denunció al ciudadano por el delito de falsedad en documento privado y estafa.En marzo de 2005, un juzgado de Cali <b>condenó a Alejandro González Beltrán</b>, pero en la apelación el tribunal en Cali lo absolvió y ordenó que se le devolvieran los certificados del depósito.En el transcurso de los años, hubo más fallos penales que <b>dieron por establecida la veracidad de los documentos</b>, declarándolos válidos y legales.Tras más de tres décadas de lo sucedido, la magistrada ponente Clara Cecilia Suárez Vargas determinó en una sentencia que <b>hubo errores jurisdiccionales </b>y ordenó inicialmente el pago de 14′468.139.669.816.70, es decir, catorce billones cuatrocientos sesenta y ocho mil ciento treinta y nueve millones seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos dieciséis pesos con 70/100 m.Sin embargo, ahora<b> corrigió la parte resolutiva </b>aduciendo que ahora deberá pagarse al demandante, es decir a Alejandro González Beltrán, la suma de dieciocho mil trescientos noventa y tres millones ciento cincuenta y nueve mil trescientos treinta y nueve pesos con 07/100 m/cte <b>($18.393.159.339,07)</b>.