Nuevo regaño de la Corte Constitucional a Colpensiones
La Corte Constitucional le envía una nueva advertencia a Colpensiones para que realice un examen integral de las historias clínicas de quienes solicitan la sustitución pensional por enfermedades degenerativas.
El pronunciamiento fue hecho al estudiar la tutela que presentó una mujer que sufre, entre otras enfermedades, de artritis reumatoide y síndrome de Sjogren desde 1990 y 2011, a quien Colpensiones le negó la sustitución pensional derivada de su padre fallecido en agosto de 2016.
Colpensiones señaló que el examen practicado a la ciudadana determinó una pérdida de capacidad laboral (PCL) del 58.53%, posterior a la muerte de su padre. Por lo tanto, no se aplicaría la regla del reconocimiento de la sustitución pensional de los hijos en condición de discapacidad a quienes acrediten que su estado es anterior a la fecha de la muerte del causante.
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Sin embargo con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, señaló que Colpensiones le dio prioridad a la fecha de estructuración que estableció su propio dictamen de PCL (perdida de capacidad laboral) , sin tener en cuenta que existen diversos documentos médicos, entre estos, una historia clínica, dictámenes y diagnósticos que prueban que las enfermedades que padece la demandante son crónicas y degenerativas y se desarrollaron entre 1990 y 2011:
“No se explica la razón por la que no se tuvo en cuenta la evidencia médica relativa a los diagnósticos de las enfermedades de la accionante con fechas comprendidas entre 1990 y 2011″.
Por lo que el fallo de la Corte otorgó 10 días a Colpensiones para reconocer y pagar la sustitución pensional a favor de la accionante en calidad de hija con un porcentaje de PCL superior al 50% y dependiente económicamente de su padre. El pago de la sustitución pensional deberá efectuarse con el respectivo retroactivo.