Judicial

Corte ordena un plan de descongestión para la justicia de Restitución de Tierras

Integrantes del resguardo indígena Zio Baín Buenavista consideran que ha sido una mora desproporcionada e injustificada resolver su solicitud de restitución de tierras.

Unidad de Restitución de Tierras, imagen de referencia. Foto: Colprensa - Sofía Toscano) / Sofía Toscano

Unidad de Restitución de Tierras, imagen de referencia. Foto: Colprensa - Sofía Toscano) / Sofía Toscano

La Corte le ordena al Consejo Superior de la Judicatura adoptar en un año, un plan de descongestión para la justicia de Restitución de Tierras.

Los integrantes del resguardo indígena Zio Baín Buenavista formulan esta tutela contra el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Mocoa (Putumayo) por lo que consideran ha sido una mora desproporcionada e injustificada para resolver su solicitud de restitución de tierras.

En síntesis, cuestionan que, pese a que la demanda de restitución fue admitida desde el 28 de febrero de 2018, para el momento de la presentación de la tutela, esto es el 13 de octubre de 2021, el proceso ni siquiera había entrado a la etapa probatoria, tornando así ilusorio el derecho a la restitución del territorio colectivo y aumentando su riesgo de supervivencia como pueblo.

La comunidad indígena Buenavista del pueblo Zio Baín, Siona se encuentra ubicada en el municipio de Puerto Asís, departamento del Putumayo. El pueblo Siona ha sido víctima del conflicto armado interno, al punto que la intensidad de las afectaciones ha hecho que la Corte Constitucional lo reconozca como uno de los 33 pueblos indígenas en riesgo de extinción física y cultural.

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Por lo que el caso llegó hasta la Corte y el alto tribunal impartió una serie de ordenes entre ellas, ordenarle a la Defensoría y a la Procuraduría para que presenten dentro de los seis (6) meses siguientes a la notificación de esta providencia un informe que:

  • Identifique las principales dificultades observadas en los procesos judiciales de restitución que están causando la extensión en los tiempos procesales
  • Dé cuenta de los demás desafíos extraprocesales que obstaculizan la materialización del derecho fundamental a la restitución del territorio, haciendo énfasis en las particularidades de las comunidades étnicas
  • Proponga medidas de solución o ajustes para enfrentar la problemática.

Y le ordena al Consejo Superior de la Judicatura adoptar, a más tardar dentro del año siguiente a la notificación de esta providencia, un plan de descongestión para la Jurisdicción Especializada en Restitución de Tierras en los términos descritos en la parte motiva de esta providencia.

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